Resolución N° 374 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor22 de Noviembre de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición16 de Noviembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
4
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCV - Nº 234
CORDOBA, (R.A.) MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-
ción, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Con-
trataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria
de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la exis-
tencia de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su contenido.
Que la obra mencionada fue adjudicada al Consorcio Caminero Único,
creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1053/2018, por
274/2021, suscribiéndose el Contrato de Obra con fecha 6 de septiembre
de 2021 y el Acta de Replanteo total confeccionada con fecha 2 de noviem-
bre del mismo año. Asimismo, el plazo de ejecución se estableció en 120
días a contar desde la fecha del Acta de Replanteo (Artículo 1° Resolución
N° 274/2021), mientras que por Resolución N° 355/2022 se aprobó una
nueva ampliación de plazo de obra de 30 días, jándose como fecha de
vencimiento el 28 de octubre de 2022.
Que el avance acumulado al mes de julio/2022 es del 96,90%, según ar-
chivos titulados “RESUMEN MEDICIÓN MENSUAL N° 009-0 CORRESPON-
DIENTE AL PERIODO JUL - 2022” y “MEDICIÓN MENSUAL N° 009-0 CO-
RRESPONDIENTE AL PERIODO JUL - 2022”, informando además que “…No
existen mediciones de la obra…” en los meses de agosto y septiembre.
Que obra en POP Nota de Pedido N° 9 de fecha 28 de octubre de
2022, por la cual la contratista solicita una ampliación de plazo de 60 días
con el objeto de nalizar las 3 alcantarillas iniciadas y sus respectivos
cabezales, habiendo renunciado expresamente a reclamar gastos impro-
ductivos, gastos generales directos e indirectos, como cualquier otro que
pudiera corresponder por la instrumentación, tramitación, aprobación y/o
aplicación del pedido de ampliación de plazo conforme archivo titulado
“NOTA DE CONFORMIDAD POR AMPLIACIÓN DE PLAZO”.
Que según archivo titulado “INFORME RESUMEN DE NUEVO PLAN
DE AVANCE Y CURVA DE INVERSIÓN” de fecha 3 de noviembre de 2022
se indica que el Consorcio Caminero Único, contratista de la obra, solicita
la aprobación de la ampliación de plazo, Nuevo Plan de Avance y Curva
de Inversión, indicando que “…se procedió a analizar la documentación
presentada por la contratista observándose que la misma reeja, por una
parte, los progresos reales logrados hasta esta instancia de ejecución de
obra y, por otra, una redistribución temporal de los trabajos faltantes del
proyecto con sus respectivas inversiones…”.
Que se acompaña nuevo Plan de Inversión – Plan 08, contando con
el visto bueno técnico de la Dirección de Vialidad en el citado “INFORME
RESUMEN DE NUEVO PLAN DE AVANCE Y CURVA DE INVERSIÓN”.
Que obra Dictamen N° 414/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que lucen agregadas las
constancias obrantes en Sistema POP, en especial la intervención de los
organismos con competencia técnica de la Dirección de Vialidad y lo es-
tablecido en el art. 41 correlativos y concordantes del Pliego General de
Condiciones (T.O. por Decreto Provincia N° 4758/77), con las observacio-
nes allí formuladas.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do con el N° 414/2022 por la Dirección General de Asuntos Legales de este
Ministerio y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la ampliación de plazo por sesenta (60)
días en la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO SUPERFICIE RUTA
PROVINCIAL T120-8 – TRAMO RUTA PROVINCIAL N° 6 – RUTA PRO-
VINCIAL T120-20 – DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ”, a cargo del
CONSORCIO CAMINERO ÚNICO, jándose como nueva fecha de venci-
miento el día 27 de diciembre de 2022.
Artículo 2º.- APRUÉBASE el nuevo Plan de Avance y Curva de Inver-
sión, correspondiente a la obra mencionada en el artículo anterior, con-
forme planilla que, como Anexo I, compuesto de dos (2) fojas útiles forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamenta-
ción y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
ANEXO
Resolución N° 374
Córdoba, 16 de noviembre de 2022
Expediente Nº 0045-023006/2021/A31.-
VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada de
los Fondos de Reparo de la obra: “PAVIMENTACIÓN ACCESO A SILVIO
PELLICO – RUTA PROVINCIAL Nº S-336 – TRAMO: RUTA PROVINCIAL
Nº 2 – SILVIO PELLICO – DEPARTAMENTO GENERAL SAN MARTÍN –
PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-
ción, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Con-
trataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria
de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la existencia
de un archivo titulado “Índice de Anexo”, haciendo plena fe de su contenido.
Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Úni-
co creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1.053/2018,
por Resolución Ministerial Nº 239/2021, suscribiéndose el contrato de obra
el día 13 de agosto de 2021 y el Acta de Replanteo Total fue confeccio-
nada con fecha 6 de septiembre del 2021. Mientras que por Resolución
N° 233/2022 se aprobó una ampliación de plazo de obra, habiendo jado
como fecha de nalización el día 27 de agosto de 2022.
Que el Legajo Único de contratación de la obra, en su punto II.2.3 esta-
blece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada certicado de
obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.5 que “La inspección, medición

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR