Resolución N 127/GCABA/SSDHPC/12

FirmantesAvruj
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL

RESOLUCIÓN N 127/GCABA/SSDHPC/12SE DA BAJA POR HABER CUMPLIDO LA MAYORÍA DE EDAD DEL SUBSIDIO OTORGADO POR LA RESOLUCIÓN N° 189-SSDH/09 A JEREMÍAS IVÁN SILVESTRIS

Buenos Aires, 14 de mayo de 2012

VISTO:

LasLeyesN° 1.075 yN° 3.592, elDecreto N°90-GCABA/04, la Resolución N°189-

SSDH/09, elExpedienteN°66.133/07 ylaCarpeta N°662-SSDH/04 delRegistro de la

SubsecretaríadeDerechosHumanosyPluralismoCulturaldependientedelaJefatura

de Gabinete de Ministros, y

CONSIDERANDO:

QueenelmarcodelExpedienteylaResoluciónseñaladasenelVisto,seleotorgóa

la señora (Sra.)Eduarda IsabelEstigarribia,Documento NacionaldeIdentidad (DNI)

N°92.687.583, en su carácterde concubina yen representación de su hijo en aquel

momento menorde edad, JeremíasIván Silvestris, DNI N°34.585.557, elSubsidio

previsto en elartículo 1°de la LeyN°1.075, disponiendo en elartículo3°de aquella

Resolución N°189-SSDH/09 que: "Elsubsidiootorgado ...almenorde edad ... hijodel

a :)

causante, quien lo percibe porintermedio de su tutora legal, lo será sólo hasta eldía

que cumpla la mayoría de edad";

Que elartículo 4°incisob)primera parte delaLeyN°1.075 dispone que en casode

fallecimientode losExCombatientespodrán serbeneficiariosdelSubsidio previsto por

elartículo 1°de la citadanormativa lo hijosmenoresde 21 años;

Que elseñor(Sr.)JeremíasIván Silvestriscumplió losveintiún (21)añosa partirdel

día 2 de agosto delaño 2.010debiendo segúnlanormativalegaldisponerelActo

Administrativo quemodifique laResoluciónN°189-SSDH/09 sóloen elsentidode que

la única beneficiaria delSubsidio otorgado poraquella resolución esla señoraEduarda

IsabelEstigarribia a partirdel2 de agosto delaño 2.010;

Queatentolafaltadepartidaspresupuestariasencursoparaafrontarelpagodel

retroactivo correspondiente a la fecha de inicio de trámite, se difieresupago hasta

tanto se cuente con la partida respectiva;

Que en razón de lo expuesto yatento la mayoredad delseñorSilvestrisalmomento

de disponerelpagodelretroactivoalquehace referencialaResolución N°189-

SSDH/09 deberá estarsea lasconsideracionesexpuestasen elconsiderando 3°;

Que la Procuración Generalde la Ciudad Autónoma deBuenosAiresha tomado la

intervención que le compete en virtud de lo prescripto porlaLeyN° 1.218;

Que la presente se firma envirtud de lo establecido enelartículo 2°...

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