Resolución N° 372 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 207 CÓRDOBA, 28 de Octubre de 20152
Resolución N° 364 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-113893/2014 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACION
PRODANEA”(PROGRAMA DE APOYO A NECESIDADES DE
PACIENTES CON EPIDERMOLISIS AMPOLLAR) , con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
a), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION PRODANEA” (PROGRAMA DE
APOYO A NECESIDADES DE PACIENTES CON EPIDER
MOLISIS AMPOLLAR)”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 366 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119083/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL LATIDOS DE
TRABAJO Y DE SUEÑOS”, con asiento en la Localidad de Del
Campillo, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL LATIDOS DE TRABAJO Y
DE SUEÑOS”, con asiento en la Localidad de Del Campillo,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 367 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119799/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL BRINKMANN
XENEIZE”, con asiento en la Ciudad de Brinkmann, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 168, 169 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL BRINKMANN XENEIZE”,
con asiento en la Ciudad de Brinkmann, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 368 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115415/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION GENERACION DE
CAMPEONES”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION GENERACION DE CAMPEONES”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 369 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115034/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Cámara de la Industrias de la Salud
de la Provincia de Córdoba” ( CAISAL), con asiento en la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
a), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Cámara de la Industrias de la Salud de la Provincia
de Córdoba” ( CAISAL)”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 372 - Letra:A
Córdoba, 9 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118765/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION 3 HERMANOS”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS JURÍDICAS

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