Resolución N° 37/SGCBA/21

EmisorSindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 37/SGCBA/21
Buenos Aires, 14 de abril de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°
70 (BOCBA N° 539), N° 6.384 (BOCBA N° 6.024), el Decreto N° 484/20 (BOCBA N°
6.027), el Expediente Electrónico N° 11.000.821-GCABA-GGTALSGCBA/21, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires personería jurídica
propia y autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347) fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que de la autarquía otorgada a esta Sindicatura General se desprenden facultades de
administración propias que han sido puestas en cabeza del/de la Síndico/a General,
según reza el inciso 8) del artículo 130 de la Ley citada en el considerando
precedente, al enunciar: “Administrar su presupuesto, resolviendo y aprobando los
gastos del organismo”;
Que por Ley N° 6.384 se aprobó el Presupuesto de la Administración Gubernamental
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2021;
Que por el Expediente citado en el Visto, se propicia la afectación de fondos para la
realización de los Eventos Académicos y el Plan Anual de Capacitación previstos por
esta Sindicatura General para el presente ejercicio, y se funda la necesidad de afrontar
el gasto, siendo necesaria la adecuación, a nivel de partidas principales y parciales,
correspondientes al Programa 16 (Control Interno del Gobierno Central y Organismos
Descentralizados);
Que a tal efecto, se propicia la compensación correspondiente, utilizando para tales
fines las facultades conferidas por el Decreto N° 484/20, que aprueba las Normas
Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2021;
Que el Capítulo XI del Anexo del Decreto citado establece los niveles de aprobación
de las modificaciones de créditos presupuestarios;
Que el artículo 40, apartado II del Capítulo citado en el considerando precedente,
faculta al Ministro del Área o Máxima Autoridad de la Jurisdicción o Entidad para
aprobar las modificaciones de créditos presupuestarios;
Que la implementación del procedimiento propuesto no modificará el crédito total
asignado a la Jurisdicción 8 Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que corresponde la comunicación del presente acto administrativo a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y
Finanzas;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° 11.391.676-GCABA-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6102 - 19/04/2021

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