Resolución Nº 37/GCABA/SSDEP/16
Firmantes | Lobo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Deportes |
Fecha de la disposición | 22 de Abril de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 1624 (texto consolidado por ley N° 5.454), su Decreto Reglamentario N°
1416/07, la Resolución N° 204-SSDEP/12, el Expediente Electrónico N° 11178141-
SSDEP/16, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el Visto se propicia la designación de la Contadora
Pública Inés Griselda Felice, CPCECABA T° 143 F° 219, CUIT N° 27-14446942-9,
como Coordinadora Ejecutiva Financiera del Fondo del Deporte, en un todo de
acuerdo a lo establecido mediante la Ley N° 1624 (texto consolidado mediante Ley N°
5454), y reglamentación;
Que como antecedente del caso es dable destacar que mediante el artículo 20 de la
Ley N° 1624 (texto consolidado por ley N° 5.454) se creó el Fondo del Deporte, el que
deberá destinarse en forma exclusiva a la asistencia del deporte amateur, en el modo
y con el alcance establecido en dicha norma;
Que conforme lo dispuesto en el artículo 6° de la mentada norma, la autoridad de
aplicación de la misma es la Subsecretaría de Deportes, estableciéndose entre sus
funciones las de regular, promover, fiscalizar y coordinar el deporte amateur y
profesional y la actividad físico-recreativa a nivel comunitario y en edad escolar,
reconociéndole una finalidad social;
Que por su parte mediante el artículo 20° del Decreto N° 1416/07, reglamentario de la
aludida Ley N° 1624, se creó el cargo de Coordinador/a Ejecutivo/a Financiero/a del
Fondo del Deporte, el que deberá ser desempeñado por un/a profesional de Ciencias
Económicas designado por la autoridad de aplicación;
Que asimismo, mediante el artículo citado anteriormente, se establece entre sus
funciones las de optimizar el flujo de fondos para el fomento y desarrollo de las
disciplinas deportivas en las que participen deportistas amateurs que compitan en
representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuar la planificación
financiera anual, que permita la correcta y equitativa distribución y utilización del fondo,
que deberá ser aprobada por la Comisión Directiva del Consejo Asesor del Deporte y
publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, diseñar el régimen de
préstamos, subvenciones, becas, estímulos y subsidios, así como la de realizar toda
otra misión que para el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley le
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