Resolución N° 37

EmisorSecretaría de obras públicas
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 102 CÓRDOBA, 3 de Junio de 2015
4
entre el Presidente de la Dirección Provincial
de Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por
una parte, y el Apoderado de la Empresa
VIMECO S.A., Ingeniero Carlos Eduardo
PES, contratista de la obra, por la otra, la
que como Anexo I, compuesto de DIEZ (10)
fojas, forma parte integrante del presente
decreto.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que
asciende a la suma de Pesos Un Millón
Ochocientos Nueve Mil Doscientos Sesenta y
Tres con Cuarenta y Un Centavos ($
1.809.263,41), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad en su Documento
de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2014/
002100, al Ejercicio Futuro 2015.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor
Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad a suscribir la enmienda de contrato
por redeterminación de precio, debiendo
la empresa VIMECO S.A., integrar el
importe adicional de garantía de
cump limie nto d el contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, dése intervención al Departamento
Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/lcxmCf
Córdoba, uno de Junio de dos mil quince. Hágase saber a las agrupaciones políticas intervinientes,
que a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 9571 (Exhibición de
boletas), el Tribunal Electoral Provincial convoca a la audiencia que se llevará a cabo el día
miércoles 3 de junio de 2015, a las 16 hs. para las boletas de tramo provincial, y el lunes 8 de junio
de 2015, a las 16 hs., para la exhibición de las boletas de municipios y comunas que simultáneamente
con la provincia renuevan sus autoridades; ambas exhibiciones se llevarán a cabo en el Salón de los
Pasos Perdidos de Tribunales II (calle Fructuoso Rivera N° 650, B° Observatorio de esta ciudad).
Notifíquese. Dese amplia difusión.
CARLOS ANÍBAL AZOCAL MARTA ELENA VIDAL
VOCAL PRESIDENTE
JORGE JUAN A. NAMUR MARÍA JOSÉ PAÉZ MOLINA DE GIL
VOCAL SECRETARIA
RESOLUCIÓN NÚMERO: VEINTISIETE - Córdoba, uno de Junio de dos mil quince.- VISTOS:
Estos autos caratulados “CONVOCATORIA ELECCIONES PROVINCIALES – 5 DE JULIO DE
2015 – CONVOCATORIA ELECCIONES PROVINCIALES” (N° 2250725). Y CONSIDERANDO:
I) Que por Resoluciones Número Nueve y Diez dictadas por este Tribunal Electoral Provincial en
fecha once de mayo de dos mil quince, se estableció como una de las formalidades para la
oficialización de listas de candidatos, la presentación de un CD o DVD acompañando emblema o
símbolo partidario a color. II) Que la mencionada formalidad se exigió con motivo de la confección
de la Boleta Única de Sufragio, conforme a los requisitos dispuestos por el art. 53 (ley 9571
modificada por ley 10272) que en su párrafo cuarto, inciso 1), apartado a) textualmente reza: “Las
filas contendrán -de izquierda a derecha- las columnas que a continuación se detallan: 1) La
primera de fondo negro con letras blancas, en la que se incluirá lo siguiente: a) Un casillero, fondo
blanco, donde se inserte la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo que
el partido, alianza o confederación política haya solicitado utilizar al momento de registrar su lista de
candidatos (...)” III) Que en los casos de las agrupaciones políticas que omitieron la presentación
del respectivo emblema o símbolo, en los términos fijados por las Resoluciones antedichas,
corresponderá su ausencia en el diseño de la Boleta Única de Sufragio y, consecuentemente, la
falta de incorporación del casillero fondo blanco previsto en el inc. 1) apartado a) mencionado ut
supra. IV) Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Provincial N° 9.571,
sus modificatorias y los arts. 3 y 10 de la Ley Provincial N° 9.840, este Tribunal Electoral Provincial,
RESUELVE: Declarar inaplicable la incorporación del casillero fondo blanco previsto en el art. 53
cuarto párrafo, inc. 1) apartado a) de la ley 9571 (modificada por ley 10272) en el diseño de la
Boleta Única de Sufragio, en los casos de aquellas agrupaciones políticas que omitieron la respectiva
presentación de su emblema o símbolo partidario. PROTOCOLICESE Y HAGASE SABER.
CARLOS ANÍBAL AZOCAL MARTA ELENA VIDAL
VOCAL PRESIDENTE
JORGE JUAN A. NAMUR MARÍA JOSÉ PAÉZ MOLINA DE GIL
VOCAL SECRETARIA
TRIBUNAL
ELECTORAL PROVINCIAL
AD HOC
Resolución N° 16
Córdoba, 7 de marzo de 2015
Expediente Nº 0045-017204/2014.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio
de Infraestructura, propone por Resolución Nº
00104/15 se adjudique en forma directa al
Consorcio Caminero Regional Nº 6, la ejecución
de los trabajos de la obra: “EMERGENCIA
HÍDRICA DE CONSERVA CIÓN DE CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 6 – DEPARTAMENTO:
RIO PRIMERO”, por la suma de $ 500.924,90.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar
el proyecto, pliegos y demás documentación
técnica de la obra de que se trata, así como su
presupuesto oficial.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante
en autos, que el referido proyecto pretende
recuperar las redes viales sin pavimentar de dicha
jurisdicción para lograr la transitabilidad en los
días de lluvia, en caminos de acceso a pueblos
que quedan aislados ante inclemencias climáticas.
Que consta en autos la conformidad del
Consorcio Caminero Regional Nº 6 para
realizar los trabajos referenciados por la suma
de $ 500.924,90.
Que se ha incorporado en autos el
correspondiente Documento Contable (Nota de
Pedido), conforme lo establecido por el artículo
13 de la Ley 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de
las Leyes 6233 y 6316, y en las facultades
otorgadas por la Ley Nº 8555.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 –
T.O. Ley 6300 y sus modificatorias y lo
dictaminado por el Departamento Jurídico del
Ministerio de Infraestructura con el Nº 90/15,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- CONTRATAR en forma directa
la ejecución de los trabajos de la obra:
“EMERGENCIA HÍDRICA DE CONSERVA
CIÓN DE CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 6
– DEPARTAMENTO: RIO PRIMERO”, con el
Consorcio Caminero N° 6, por la suma de PE-
SOS QUINIENTOS MIL NOVECIENTOS
VEINTICUATRO CON NOVENTA CENTAVOS
($ 500.924,90).
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que
asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS
MIL NOVECIENTOS VEINTI CUATRO CON
NOVENTA CENTAVOS ($ 500.924,90),
conforme lo indica el Departamento Administración
y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad (Nota de
Pedido) Nº 2015/000397, con cargo a:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partida
12.06.00.00, Centro de Costo 0456 del P.V.
Artículo 3º.- FACULTAR al señor Presidente
de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente de este Ministerio a suscribir el
contrato pertinente.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS
Resolución N° 37
Córdoba, 26 de mayo de 2015
Expediente Nº 0045-017029/2014.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio
de Infraestructura, propicia por Resolución Nº
00301/15 se contrate en forma directa la ejecución
de los trabajos de la obra: “CONSERVACIÓN
DE RUTINA EN RUTA PROVINCIAL N° 14 –
TRAMO: CORRALITO – LA PAZ – HASTA
LÍMITE CON SAN LUIS Y EN RUTA PROVIN-
CIAL A-205 – TRAMO: LA PAZ – RUTA
NACIONAL Nº 158 – DEPARTAMENTO SAN
JAVIER”, con la Municipalidad de La Paz, por la
suma de $ 220.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad ha
procedido a aprobar el proyecto, pliegos y demás
documentación técnica de la obra de que se trata,
así como su presupuesto oficial.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante
en autos que los tramos de las Rutas Provinciales
Nº 14 y A-205, que alcanzan una longitud de
28,00 km., son caminos de llanura que atraviesan
y comunican importantes centros agrícolo-
ganaderos del Departamento San Javier. El
tránsito vehicular de carga como de pasajeros,
es abundante y fluido durante todo el año.
Que las Banquinas y Perfiles Transversales
necesitan en forma periódica de la realización de
trabajos de conservación, debido a que los
mismos presentan banquinas que se descalzan
con frecuencia, como así también el crecimiento
de la vegetación es muy abundante, lo que torna
peligroso el tránsito vehicular.
Que consta en autos la conformidad de la
Municipalidad de La Paz para realizar los
trabajos referenciados por la suma de $
220.000,00 (fs. 16).
Que el caso encuadra en las previsiones del
Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el
correspondiente Documento Contable (Nota de
Pedido), conforme lo establecido por el artículo
13 de la Ley 8614.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 –
T.O. Ley 6300 y sus modificatorias y lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura
con el Nº 282/15,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- CONTRATAR en forma directa
la ejecución de los trabajos de la obra:
“CONSERVACIÓN DE RUTINA EN RUTA
PROVINCIAL N° 14 – TRAMO: CORRALITO –
SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR