Resolución N° 37 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 63
CORDOBA, (R.A.) LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 36
Córdoba, 04 de marzo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0425-411938/2021 en que el Ministerio de Salud pro-
picia realizar ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados
por el Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dar reejo presupuestario a la Resolución
RESFC-2020-279-APN-D del INCUCAI mediante la cual se establece
que la entidad nacional aportará recursos nancieros por un importe de $
20.382.244,45 destinados a ejecutar la obra “Remodelación y Ampliación
del Servicio de Oncohematología del Hospital Córdoba” aprobada por Ley
de Presupuesto N° 10.723.
Que en virtud de ello corresponde incrementar el crédito presupuesta-
rio del Programa 454 (C.E.) Recurso Solidario para Ablación e Implantes
– Cuenta Especial- Ley Provincial N° 9146 en la suma de $ 20.382.000.-
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por la
presente está limitado a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de Ad-
ministración Financiera, en el que se determina que solo se pueden com-
prometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de los
recursos afectados.
Que el Decreto N° 150/04 faculta a este Ministerio a efectuar las ade-
cuaciones de montos, fuentes de nanciamiento, plazos, alcance y toda
otra que corresponda, en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan
de Inversiones Públicas, a los nes de reejar las modicaciones que se
dispongan durante su ejecución.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales vi-
gentes, de acuerdo con los artículos 27, 31, 37 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Sub-
secretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas, lo dictamina-
do por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio
al N° 71/2021 y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º INCREMENTAR el Cálculo de Ingresos y el total de Eroga-
ciones del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provin-
cial –aprobado por los Artículos 1° y 2° de la Ley N° 10.723- en la suma
de PESOS VEINTE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($
20.382.000.-), de conformidad con el detalle analítico incluido en el Do-
cumento Modicación de Crédito Presupuestario N° 3 (Recticación) del
Ministerio de Salud, que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º ADECUAR el Plan de Inversiones Públicas previsto en el
Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación al
Plan de Obras Públicas N° 3, el que como Anexo II el que con una (1) foja
útil forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Subsecretaría
de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría Gene-
ral de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA, MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
Resolución N° 37
Córdoba, 04 de marzo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0672-003955/2021 en que el Ministerio de Ser-
vicios Públicos propicia realizar ajustes en la distribución de los Recursos
Financieros asignados por el Presupuesto General en vigencia de la Admi-
nistración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dar reflejo presupuestario a lo dispuesto en
el artículo 34 de la Ley N° 10.724 “Modificaciones del Código Tributario
Provincial, Ley N° 6006 (T.O. 2015 y sus modificatorias)” que dispone
extender el plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, del
Fondo de Infraestructura para el Suministro de Agua Potable (FISAP)
creado por la Ley N° 10.679.
Que en virtud de ello, se propicia incrementar el cálculo de ingresos
y erogaciones del Presupuesto General en vigencia de la Administración
Provincial aprobados por Ley N° 10.723, por la suma de pesos setecientos
dieciséis millones ochocientos ocho mil ($ 716.808.000.-) en la Categoría
Programática 563-000 “Agua Potable”.
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por
la presente, está limitado a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de
Administración Financiera, en el que se determina que solo se pueden
comprometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de
los recursos afectados.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes, de acuerdo con los Artículos 31, 37 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la
Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas, lo dic-
taminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este
Ministerio al N° 074/2021 y en los términos de la Resolución Ministerial
N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º INCREMENTAR el Cálculo de Ingresos y el total de Eroga-
ciones del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial
–aprobado por los Artículos 1° y 2° de la Ley N° 10.723- en la suma de

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