Resolución N° 369/AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición14 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 369/AGC/18
Buenos Aires, 6 de junio de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (Texto consolidado por la Ley
N° 5.666), el Expediente N° 9493/2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de habilitación
efectuada por el Sr. Alberto Miguel Vila, en su carácter titular del trámite, respecto del
local sito en la Perdriel N° 1389, Planta Baja, Unidad Funcional N° 02, de esta Ciudad,
para desarrollar el rubro de Servicios: Lavandería Mecánica Autoservicio (604260);
Que a través de la Disposición N° 15050-DGHP/2016 (a fs. 54) rechazó la referida
solicitud por haber expirado el plazo otorgado sin haberse subsanado los
incumplimientos por lo que fuera intimado, de conformidad a lo establecido en el
artículo 9° del Decreto N° 93-GCBA/06;
Que mediante la Presentación Agregar N° 03 (a fs. 58/61), el Sr. Alberto Miguel Vila,
en su carácter titular del trámite, interpuso Recurso de Reconsideración con jerárquico
en subsidio contra la Disposición por la cual se rechazó la solicitud de habilitación;
Que a través de la Disposición Nº 12542-DGHP/2017, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos desestimó el recurso interpuesto y mantuvo el rechazo de la
solicitud de habilitación "toda vez que no existen elementos que modifiquen el criterio
adoptado";
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el artículo 111° y subsiguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia
1.510-GCBA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2018-14465803-DGAIP opinando que "corresponde desestimar el recurso jerárquico
articulado en subsidio del de reconsideración (...)";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1°.- Desestímase el Recurso Jerárquico que opera en subsidio del Recurso de
Reconsideración interpuesto por el Sr. Alberto Miguel Vila, en su carácter titular del
trámite, contra Disposición N° 15050-DGHP/2016 mediante la cual se rechazó la
solicitud de la habilitación del local sito en la calle Perdriel N° 1389, Planta Baja,
Unidad Funcional N° 02, de esta Ciudad.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5394 - 14/06/2018

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