Resolución N° 367 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Julio de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición22 de Julio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 151
CORDOBA, (R.A.) LUNES 26 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
biendo iniciado no concluyeron el cursado en el sistema formal secundario.
Que por Resolución N° 2020-146-APN-ME del Ministerio de Educación
de la Nación, dictada en uso de las facultades conferidas por la Ley de
Ministerios (t.o.1992) y sus modicaciones, y el art. 13 del Decreto de Ne-
cesidad y Urgencia N° 260/2020, se resuelve dar continuidad al Plan de
Finalización de Estudios Primarios y Secundarios (FinEs), para el período
2021 y por Resolución N° 2021-1683-APN-ME del mencionado Ministerio,
se aprueba el plan de trabajo presentado por la Provincia de Córdoba.
Que por Decreto N° 700/21 del Gobierno de la Provincia de Córdoba
se establecen condiciones de aplicación del Plan de Estudios Primarios y
Secundarios (FinEs) para el período 2021.
Que es apropiado mejorar la oferta educativa, en orden a garantizar la
oportunidad educativa a discapacitados motores y también a personas en
contexto de encierro.
Que es menester la afectación de personal para desarrollar las tareas
pertinentes al Plan FinEs, por lo que corresponde establecer funciones y
retribuciones que se asignarán por dichas actividades.
Por ello, lo establecido en los arts. 46, 48 y 138 de la Ley N° 26206 y
17, 18, 19 y 20 de la Ley N° 26058;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°. ESTABLECER, la décima cuarta edición durante el ciclo lec-
tivo 2021, la vigencia del Plan de Finalización de Estudios Secun-
darios para Jóvenes y Adultos (FinEs) -Trayecto Educativo Nivel Medio-,
cuya fundamentación, requisitos de admisión, entidades convenientes,
escuelas-sedes, modos de inscripción, estructura y funciones de los agen-
tes intervinientes se especican en el Anexo I de la presente Resolución,
compuesto de seis (6) fojas.
Art. 2°. DISPONER, que la asignación del personal a cargo del Plan
en esta etapa se realice con acuerdo entre escuela-sede y la Unidad de
Gestión de Plan FinEs Córdoba.
Art. 3°. INCORPORAR, al Plan FinEs una oferta educativa destinada a
jóvenes y adultos que no hayan iniciado o nalizado el Nivel Secundario.
Art. 4°. ESTABLECER los importes a liquidar en concepto de boni-
cación mensual de carácter no remunerativo, jada mediante Decreto
N° 700/21 a favor del personal de la Administración Pública Provincial o
ajena a ella, asignado a funciones docentes en el marco del Plan FinEs
-Trayecto Educativo- con vigencia durante el ciclo lectivo 2021, según lo
consignado en el Anexo II de esta Resolución, compuesto de una (1) foja.
Art. 5°. DISPONER que el pago de dicha bonicación será compatible
con la efectiva prestación del servicio.
Art. 6°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 367
Córdoba, 22 de julio de 2021
VISTO: la implementación del Plan de Finalización de Estudios Primarios
y Secundarios para Jóvenes y Adultos (FinEs), llevada a cabo durante los
ciclos lectivos 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017,
2018, 2019 y 2020; según Resoluciones Ministeriales Nros. 174/10, 280/11,
302/13, 106/14, 260/15, 474/16, 807/17, 333/18, 255/19, 300/2020 y Decre-
to N° 700/21;
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, la Ley de Educación
Técnico-Profesional N° 26.058 y la Ley de Financiamiento Educativo N°
26.075, generan condiciones institucionales para el desarrollo de la Políti-
ca Educativa.
Que el Ministerio de Educación implementa el Plan FinEs como res-
puesta al sistema que las leyes vigentes nacionales prescriben.
Que el artículo 138 de la Ley de Educación Nacional establece que
el Ministerio de Educación de la Nación deberá implementar programas a
término para garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad educativa de
todas las personas mayores de dieciocho (18) años.
Que por Resolución N° 2020-146-APN-ME del Ministerio de Educación
de la Nación, dictada en uso de sus facultades conferidas por la Ley de
Ministerios (t.o.1992) y sus modicaciones, y el art 13 del Decreto de Ne-
cesidad y Urgencia N° 260/2020, se resuelve dar continuidad al Plan de
Finalización de Estudios Primarios y Secundarios (FinEs), para el período
2021, por Resolución N° 945-2021-APN- ME se da continuidad al Plan en
su edición 2021 y por Resolución N° 2021-1683-APN-ME se aprueba el
plan de trabajo presentado por la Provincia de Córdoba.
Que por Resolución Ministerial N° 465/08 y sus ampliatorias Nros.
334/09, 157/10, 107/11, 224/12, 300/13, 105/14, 261/15, 475 /16,
807/17 y 333/18 y 255/19, 300/2020 se aprueba la implementación del
Plan FinEs en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba.
Que es necesario dar continuidad a la población destinataria en esta
decimo cuarta edición, incorporando el año 2021 y Planes anteriores al
mismo, sin límite, para la terminalidad educativa.
Que el Plan FinEs es un Plan especíco y a término, con carácter ex-
cepcional.
Por ello, y en uso de atribuciones conferidas por Ley N° 10337,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1°.- ESTABLECER la decimo cuarta etapa del Plan de Finaliza-
ción de Estudios Secundarios para Jóvenes y Adultos (FinEs), que
tendrá vigencia durante el ciclo lectivo 2021, destinada a completar la Edu-
cación Secundaria de Jóvenes y Adultos mayores de dieciocho (18) años
que han concluido en forma regular el último año de la Educación Secun-
daria de las diferentes modalidades y adeudan materias, cuya fundamen-
tación, requisitos de admisión, entidades convenientes, escuelas-sedes,
escuelas de procedencia, modos de inscripción, designación y funciones

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