Resolución Nº 365/GCABA/MJYSGC/16
Firmantes | Ocampo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 1 de Junio de 2016 |
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires (DNU
1510/GCABA/97 texto consolidado Ley N° 5454-), la Ley N° 2624 (texto consolidado
Ley N° 5454), el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto, el Organismo Fuera de Nivel Agencia
Gubernamental de Control Ley N° 2624 (texto consolidado Ley N° 5454), mediante
NO-2016-12954575-AGC, solicitó a la Dirección General de Seguridad Privada del
Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad, personal a los fines de fiscalizar la
capacidad de personas a ingresar al evento "Show Musical Marky Ramone y su Banda
Blitzkrieg", a realizarse en el local de baile Clase C, Vorterix, sito en Avenida Federico
Lacroze N° 3453;
Que la citada Dirección General, mediante NO-2016-13317448-DGSPR, señaló que
esa dependencia no posee la competencia requerida, considerando a la vez que "...
las específicas y especiales competencias de la Agencia Gubernamental de Control
plantean un conflicto de competencia en los términos art. 4 del Decreto 1510/97...";
Que la cuestión reseñada por los organismos intervinientes, configura el supuesto de
conflicto de competencia previsto en el artículo 4 de la Ley de Procedimientos
Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires (DNU 1510/GCABA/97 -texto consolidado
Ley N° 5454-);
Que la competencia de los órganos administrativos resulta ser improrrogable e
irrenunciable y de carácter excepcional, toda vez que sólo pueden realizar aquello que
la norma que establece su competencia prevé; Que la Agencia Gubernamental de
Control, posee por la Ley N° 2624 (texto consolidado Ley N° 5454) competencia para
el otorgamiento de permisos para aquellas actividades llevadas a cabo en dominios de
uso público y privados; entre otras;
Que por Decreto N° 363/GCABA/15, modificado por su similar N° 121/GCABA/16, se
aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Justicia y Seguridad,
estableciendo que la Dirección General de Seguridad Privada es competente para
controlar y velar por el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de
servicios de seguridad privada y para habilitar personas físicas y jurídicas que
desarrollen y/o presten servicios de seguridad privada en el ámbito de esta Ciudad;
Que en virtud de lo expuesto, resulta...
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