Resolución N° 365 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 26 de Julio de 2021 |
Emisor | Ministerio de educación |
Fecha de la disposición | 22 de Julio de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 151
CORDOBA, (R.A.) LUNES 26 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 365
Córdoba, 22 de julio de 2021
VISTO: la solicitud efectuada por la Dirección General de Educación Supe-
rior del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la Dirección General de Educación
Superior propicia la aprobación del Plan de Estudios para el Profesorado
de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional con título
base, aprobado por Resolución N° 63/08 y su modicatoria N° 296/16 am-
bas del Consejo Federal de Educación.
Que según lo prescribe el art. 37 de la Ley de Educación Nacional N°
26.206, las provincias tienen competencia en la planicación de la oferta de
las carreras y postítulos, el diseño de planes de estudio, la gestión y asig-
nación de recursos, y la aplicación de las regulaciones especícas, relativas
a los Institutos de Educación Superior bajo su dependencia; y el art. 74 del
mismo plexo legal recomienda a esta cartera educativa y al Consejo Federal
de Educación acordar “las políticas y los planes de Formación Docente”.
Que los objetivos enunciados en la Ley de Educación Técnico Profe-
sional N° 26.058, reeren a la necesidad de alcanzar mayores niveles de
equidad, calidad, eciencia y efectividad de la Educación Técnico Profesio-
nal, mediante el fortalecimiento y la mejora continua de las instituciones, en
el marco de las políticas nacionales y estrategias de carácter federal que
integran las particularidades y diversidades jurisdiccionales.
Que por Resolución N° 63/08 del Consejo Federal de Educación, se
aprueba el plan de estudios del Profesorado de Educación Secundaria de
la modalidad Técnico Profesional en concurrencia con título de base, y por
su similar N° 64/08 se aprueba el Programa Nacional de Formación Docen-
te Inicial para la Educación Técnico Profesional.
Que la Resolución N° 74/08 del Consejo Federal de Educación, en su
Anexo I dispone que uno de los objetivos de la política nacional de for-
mación docente, explicitados por la ley en su artículo 73, es el de otorgar
validez nacional a los títulos y las certicaciones para el ejercicio de la
docencia en los diferentes niveles y modalidades del sistema.
Que mediante Resolución N° 296/16 y sus Anexos, el aludido Consejo
aprueba la modicación del Programa Nacional de Formación Docente Ini-
cial para la Educación Técnico Profesional.
Que obra en autos los fundamentos, objetivos, requisitos de ingre-
so, diseño y organización curricular, contenidos mínimos, condiciones de
egreso, alcance del título, perl profesional, perl profesional del docente y
campos de formación de la carrera propuesta.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en
la normativa de las Leyes Nros. 9870 de Educación Provincial, 24521 de
Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así
también en los lineamientos referenciales acordados por la Resolución del
Consejo Federal de Educación N° 63/08 y su modicatoria Resolución N°
296/16 y Resolución Ministerial N° 311/15, a los nes de solicitar su apro-
bación y resolución correspondiente, para ser elevada a la Dirección de
Validez Nacional.
Que la Secretaría de Educación y la Dirección General de Educación
Superior han dado el visto bueno y gestionan la aprobación del Plan de
Estudios propuesto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 519/2021 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1°.- APROBAR para su aplicación en el Instituto Superior del Pro-
fesorado Tecnológico dependiente de este Ministerio, el Plan de Estudios
de la Carrera “Profesorado de Educación Secundaria de la Modalidad Téc-
nico Profesional en concurrencia con título de base”, conforme se detalla
en el Anexo I que con cuarenta y dos (42) fojas forma parte de la presente
resolución.
Art. 2°.- DISPONER que el título a otorgar a los egresados/as de
la carrera mencionada en art. 1° de presente instrumento legal, sea de
“Profesor/a de Educación Secundaria de la Modalidad Técnico Profesional
en concurrencia con título de base”.
Art. 3°.- AUTORIZAR a partir de la cohorte 2021, la implementa-
ción de la Carrera “Profesorado de Educación Secundaria de la Modalidad
Técnico Profesional en concurrencia con título de base”, en los Institutos de
Nivel Superior de Formación Docente de Gestión Estatal, según se detalla
en el Anexo II, que compuesto de una (1) foja, forma parte del presente
dispositivo legal.
Art. 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 366
Córdoba, 22 de julio de 2021
VISTO: la implementación del Plan de Finalización de Estudios Primarios
y Secundarios para Jóvenes y Adultos (FinEs), llevada a cabo durante los
ciclos lectivos 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019
y 2020 según Resoluciones Ministeriales Nros. 174/10, 280/11, 157/12,
302/13, 106/14, 260/15, 474/16, 808/17, 329/18, 254/19 y 301/2020, De-
creto N° 700/21;
Y CONSIDERANDO:
Que es pertinente al Plan FinEs, incluir, articular y fortalecer las ofertas
educativas preexistentes, para potenciar los logros y garantizar la termina-
lidad educativa de Jóvenes y Adultos.
Que resulta necesario ampliar, en esta etapa del Plan FinEs, la aten-
ción de la población meta prevista en los lineamientos generales del Plan,
incorporando a jóvenes a partir de los 18 (dieciocho) años de edad que no
hayan iniciado el trayecto formativo de Educación Secundaria, o que ha-
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