Resolución N° 364 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Abril de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 74
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 20 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
cargos de Director Escuela Primaria de Primera, y sesenta y dos (62) car-
gos de Vicedirector, en el ámbito de dicha Dirección General, medida que
fuera dispuesta por el art. 1° de la Resolución N° 0143/17 y su Anexo I.
Art. 2º.-PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese. PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 363
Córdoba, 17 de abril de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0111-063019/2016, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0713/2016 de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de Estu-
dios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Comercio Internacional” -Op-
ción Pedagógica Semipresencial y Distancia-, de tres (3) años de duración,
que otorga el título de “Técnico Superior en Comercio Internacional”, en el
Establecimiento Privado Adscripto Instituto Superior de Estudios en Admi-
nistración y Negocios “SABER” -Nivel Superior- de Capital, de aprobación
con reservas por el término de dos cohortes consecutivas, a saber 2017 y
2018 con efecto a Marzo de 2017.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, el Dictamen N° 0062/2017 del Área Jurídica de este Ministerio,
lo aconsejado a fs. 156 por la Dirección General de Asuntos Legales y en
uso de las atribuciones conferidas por Decreto 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0713/2016 de la Dirección Ge-
neral de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1)
foja útil, se adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la
que se aprueban las modicaciones del Plan de Estudios de la Carrera
“Tecnicatura Superior en Comercio Internacional” -Opción Pedagógica Se-
mipresencial y Distancia, de tres (3) años de duración, que otorga el título
de “Técnico Superior en Comercio Internacional”, en el Establecimiento Pri-
vado Adscripto Instituto Superior de Estudios en Administración y Negocios
“SABER” -Nivel Superior- de Capital, de aprobación con reservas por el
término de dos cohortes consecutivas a saber 2017 y 2018 con efecto a
Marzo de 2017.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/pp3GhC
Resolución N° 364
Córdoba, 17 de abril de 2017
VISTO: el Expediente N° 0109-111657/2012 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la Resolución N° 0755/2013
de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, dependiente del citado
Ministerio, mediante la cual se dispuso ad referendum de la autoridad com-
petente, suspender provisoriamente el servicio educativo en la Escuela
de Nivel Primario “25 DE MAYO” de Campo El Potosí -Departamento Río
Cuarto-.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-for-
males-pedagógicos estatuidos por el artículo 3° del Decreto N° 41009/A/38
y sus modicatorios, encontrándose tal determinación técnica, administra-
tiva e institucional, plasmada en la resolución de marras.
Que de acuerdo con lo expuesto y en el marco de la normativa legal
vigente, no existe objeción alguna para la raticación en esta instancia del
instrumento legal en análisis.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 090/2014 del Área
Jurídica del Ministerio de Educación y lo aconsejado a fs. 53 por la Direc-
ción General de Asuntos Legales y en uso de atribuciones conferidas por
Decreto N° 556/16
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°.RATIFÍCAR la Resolución N° 0755/2013 de la Dirección
General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso suspender
provisoriamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel Primario “25
DE MAYO” de Campo El Potosí -Departamento Río Cuarto-, en los térmi-
nos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte
integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
Artículo 2°. PROTOCOLÍCESE, dése intervención a Contaduría Ge-
neral de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/oXA02g

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