Resolución Nº 253/2012

Fecha de disposición05 Marzo 2012
Fecha de publicación27 Marzo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 5/3/2012

VISTO el Expediente Nº 1.482.062/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/8 obra el Acuerdo y a fojas 9/11 obran los Anexos I, II, III del Expediente Nº 1.482.062/11, celebrados entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) por la parte gremial CARITAS BUENOS AIRES IGLESIA CATOLICA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes convienen condiciones salariales y laborales para el personal que presta servicios en CARITAS BUENOS AIRES IGLESIA CATOLICA, conforme surge de los lineamientos allí estipulados.

Que conforme lo pactado por las partes el texto traído a estudio, se articula con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 462/06.

Que a fojas 18 del Expediente Nº 1.482.062/11 las partes ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo y rectifican la fecha de celebración consignada en el mismo.

Que el ámbito de aplicación del presente texto convencional se circunscribe la correspondencia entre la representatividad de la organización empleadora firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relacione del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar e pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo y los Anexos I, II y III, juntamente con el Acta de ratificación celebrados entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) por la parte gremial y CARITAS BUENOS AIRES IGLESIA CATOLICA, por la parte empleadora, obrantes a fojas 3/8, 9/11 y 18 respectivamente del Expediente Nº 1.482.062/11, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Anexos juntamente con el Acta de ratificación obrantes a fojas 3/8, 9/11 y 18 del Expediente Nº 1.482.062/11.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 462/06.

ARTICULO 5º

— Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.482.062/11

Buenos Aires, 7 de marzo de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 253/12 se ha tomado razón del acuerdo, anexos y acta de ratificación obrantes a fojas 3/8, 9/11 y 18 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el número 245/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

CONVENIO COLECTIVO

UTEDYC - CARITAS BUENOS AIRES - IGLESIA CATOLICA

Artículo 1º

Lugar y fecha de celebración.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 1 días del mes de setiembre de 2011, se celebra el presente convenio colectivo.

Artículo 2º

Entidades signatarias.

Son partes signatarias del presente Convenio Colectivo de Trabajo la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (en adelante UTEDYC) representada por Carlos Bonjour Secretario General Nacional, Jorge Ramos Secretario Gremial Nacional, Marcel Carretero Subsecretaria Gremial Nacional, Rodolfo Casemayor, Coordinador Paritario del sector, Romualdo Bobadilla, DNI 18.225.611 y Sara Petrona Corvalán DNI 12.960.241 en representación del personal, todos con domicilio en la calle Alberti 646 de esta Capital Federal, por la parte trabajadora y por el Sector empleador CARITAS BUENOS AIRES, IGLESIA CATOLICA (en adelante CARITAS) representada por sus apoderados contador Daniel Cassullo, también Ecónomo de CARITAS y los doctores Ernesto Rufino Blas Polotto y María Rosario Polotto, con domicilio en Mansilla 2446, Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3º

Encuadre legal del convenio.

Las partes manifiestan que suscriben el presente CONVENIO COLECTIVO en los términos del artículo 16 de la Ley 25.877, determinando su ámbito...

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