Resolución Nº 298/2012

Fecha de disposición08 Marzo 2012
Fecha de publicación28 Marzo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 8/3/2012

VISTO el Expediente Nº 1.410.363/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), La Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 681 del 29 de junio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.410.363/10 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE y el CENTRO DE NAVEGACION ASOCIACION CIVIL, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 516/07, conforme lo dispuesto en Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 681/11 y registrado bajo el Nº 867/11, conforme surge de fojas 47/48 y 51, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando los importes promedio mensuales de las remuneraciones de las escalas salariales y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 57/62, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de los topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE...

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