RESOLUCIÓN Nº 3604
Número de registro | 29349 |
Fecha | 12 Septiembre 2019 |
Emisor | DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 03 SEP 2019
VISTO:
El Expte. Nº 15201-0189676-0 del Sistema de Información de Expedientes; y
CONSIDERANDO;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 106429 (fs. 09) manifiesta que el presente expediente se inicia por la Unidad de Titularización para la regularización contractual y de la cuenta con la finalidad última de escriturar, respecto de la Unidad Habitacional identificada como: VIVIENDA Nº 195 - (Entre Ríos 1765) - (3D) - Nº DE CUENTA 0196 0195 - 9 - PLAN Nº 0196 - 303 VIVIENDAS - SAN JUSTO - (DPTO. SAN JUSTO), cuya titular es la señora CRISTINA GRACIELA BLANCO, según Boleto de Compra-Venta de fojas 03;
Que según surge de la planilla resumen de fs. 02, la señora Blanco ha fallecido y habita la vivienda su hijo junto a su grupo familiar, informando el Área Comercial que se registra una abultada deuda (fs. 04 vlta.);
Que a fs. 07/08 obran las constancias de lo actuado por el Servicio Social, corroborando lo informado por la Unidad de Titularización y proponiendo al grupo ocupante para la reasignación con una cuota accesible ya que sus ingresos son inestables;
Que así las cosas, si bien el fallecimiento no está acreditado, con la deuda, la Asesoría Jurídica considera que puede obviarse la intimación previa y proceder al dictado de la resolución de desadjudicación por aplicación de los Artículos 29 y 37 inc. e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, con la consecuente rescisión del boleto, autorizando el lanzamiento por el procedimiento de la Ley Nacional Nº 21.581 a la que adhiere la Provincia por Ley N° 11.102. Se notificará al domicilio contractual y por edictos y se aguardarán los plazos legales;
Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: VIVIENDA Nº 195 - (Entre Ríos 1765) - (3D) - Nº DE CUENTA 0196 0195 - 9 - PLAN Nº 0196 - 303 VIVIENDAS - SAN JUSTO - (DPTO. SAN JUSTO), a la señora CRISTINA GRACIELA BLANCO (D.N.I. N° 11.281.104), por aplicación de los Artículos 29 y 37 inc. e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por rescindido el Boleto de compra venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 0135/97.
ARTÍCULO 2°: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581...
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