RESOLUCIÓN N° 3591

Número de registro29351
Fecha12 Septiembre 2019
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional, 03/SEP/2019

VISTO:

El Expte. N° 15201-0072497-6 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto de la Unidad Habitacional identificada como: MANZANA 9 - 3er. Piso - Dpto. 01- (2D) - N° DE CUENTA 0055-0979-3 - PLAN Nº 0055 - 1289 VIVIENDAS - BARRIO CENTENARIO - SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL), cuya titular es la señora RODRÍGUEZ, ISABEL ROSA, según Boleto de Compra-Venta de fs. 04, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen N° 097258 (fs. 46/46 vta.) manifiesta que el expediente se mantuvo con diversos trámites internos por cuanto estaba involucrada otra unidad habitacional para la que se formó el Expediente N° 15201-0175093-0 que ya fue desadjudicada y cubierta la vacante (fs. 44);

Que para este caso, desde el Área Comercial se agregan los antecedentes de las diversas diligencias que se realizaron para procurar el pago de la deuda, tomando intervención el Servido Social para el relevamiento respectivo (fs. 26-34);

Que la cuenta muestra una alta mora y el Servido Social detecta ocupando el inmueble a una familia conformada por Leiva, Graciela Isabel con trámite de divorcio, su hija y nieto. Habitan desde el año 2003 por haberle comprado el departamento a su titular y solicitan la adjudicación (fs. 37-43);

Que en consecuencia, aconseja obviar la intimación previa por cuanto se ha configurado el abandono, procediendo la desadjudicación y rescisión contractual por transgresión de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso autorizando a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llevar a cabo el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley N° 21.581 a la que adhiere la Provincia por Ley N° 11.102. La resolución se notificará al domicilio contractual y por edictos y se aguardarán los plazos legales. Cumplido, de no ingresar recurso por parte de la señora Rodríguez, se estará en condiciones de evaluar la propuesta del Servicio Social respecto al grupo que habita, debiendo intervenir la Dirección General de Control de Gestión y Administración de Propiedades para el servido financiero;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo. de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MANZANA 9 - 3er Piso - Dpto. 01- (2D) - Nº DE CUENTA 0055-0979-3 - PLAN N° 0055 - 1289 VIVIENDAS - BARRIO CENTENARIO - SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL) a la señora RODRÍGUEZ, ISABEL ROSA (D.N.I. N° 1.720.471), por transgresión a los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas...

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