Resolución N° 358 Letra:A

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 53 CÓRDOBA, 19 de marzo de 20156
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 356 Letra:A
Córdoba, 1 de octubre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0007-106725/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION DEL URITORCO
PARA EL MUNDO”, con asiento en la Ciudad de Capilla del
Monte, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION DEL URITORCO PARA EL
MUNDO”, con asiento en la Ciudad de Capilla del Monte,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 357 Letra:A
Córdoba, 2 de octubre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0007-114809/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ANASTASIS ASOCIACION CIVIL”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ANASTASIS ASOCIACION CIVIL”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 358 Letra:A
Córdoba, 3 de octubre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0007-115244/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE
TRANSPORTISTAS DE SAN ANTONIO DE LITIN”, con asiento
en la Localidad de San Antonio de Litin, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL DE TRANSPORTISTAS DE
SAN ANTONIO DE LITIN”, con asiento en la Localidad de San
Antonio de Litin, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 359 Letra:A
Córdoba, 3 de octubre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0007-113896/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “HOGAR DE MARIA MADRE
TERESA DE CALCUTA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 14 de
Agosto de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea Extraordinaria con fecha 14 de
Agosto de 2014 por la Entidad Civil denominada “HOGAR DE
MARIA MADRE TERESA DE CALCUTA”, , con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, CUIT N° 33-
70979581-9 en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto,
modificando el artículo N° 2, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando el artículo 2°, sancionada en Asamblea Extraordinaria
con fecha 14 de Agosto de 2014 por la Entidad Civil denominada
“HOGAR DE MARIA MADRE TERESA DE CALCUTA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, CUIT
N° 33-70979581-9.-
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 465”A” /03 del 30 de Diciembre de
2003.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 360 Letra:A
Córdoba, 3 de octubre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0007-114047/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE
LICENCIATARIOS DE AUTO REMIS-ACLAR”, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL DE LICENCIATARIOS DE
AUTO REMIS-ACLAR”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 361 Letra:A
Córdoba, 3 de octubre de 2014.-
VISTO: El Expediente Nº 0007-110593/2014 mediante el cual

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