Resolución N° 358 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorSecretaría General de la Gobernación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 72
CORDOBA, (R.A.) MARTES 17 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por Fiscalía de Estado
bajo N° 000172/18, lo informado por el Tribunal de Concurso de APROSS y
en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 26 de la Ley N° 9277.
El DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL
SEGURO DE SALUD
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha de la presente Resolución
a los agentes Sra. ZALAZAR, María Leticia (D.N.I. N° 30.483.982) y Sra.
CUEVAS, Gabriela Silvia (D.N.I. N° 17.003.332), en el cargo 231 – ADMI-
NISTRATIVO – OFICINA DE DISCAPACIDAD, vacantes de esta Adminis-
tración Provincial del Seguro de Salud (APROSS), por haber obtenido el
primer y segundo lugar en el Orden de Mérito, respectivamente, corres-
pondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por
Resolución N° 0188/2015 de la Administración Provincial del Seguro de Sa-
lud (APROSS), en los términos del Artículo 14°, punto I de la Ley N° 9361.-
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Jefatura de Área de Recursos Hu-
manos de la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS)
vericará el cumplimiento de los requisitos establecidos por los Artículos
12° y 13° de la Ley N° 7233 para el ingreso de personal en carácter de
permanente, dentro del plazo previsto en el Artículo 15° de la citada norma.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Ministerio de Salud, no-
tifíquese, dese intervención a la Secretaría de Capital Humano del Ministe-
rio de Gestión Pública, publíquese en el Boletín Ocial y Archívese.
FDO.: RAÚL GIGENA, PRESIDENTE - CARLOS RICHARTE AGUIAR, VICEPRESI-
DENTE - GUSTAVO ALIAGA, VOCAL - GRACIELA FONTANESI, VOCAL - WALTER
VILLARREAL, VOCAL
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 358
LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º ENCÁRGUESE al abogado Jesús Manuel PlRAN1
(D.N.I N° 17.002.433), a partir de la fecha de la presente Reso-
lución, el ejercicio de las funciones inherentes a la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Jurídicos P.A.I.Cor dependiente la Di-
rección General de Asuntos Legales de esta Secretaría General
de la Gobernación, sin que tal ejercicio implique la percepción
de mayor retribución.
FDO: SILVINA RIVERO: SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y
CONECTIVIDAD
RESOLUCIÓN Nº 1
Córdoba, 03 de abril de 2018
VISTO: El Decreto N° 1791 de fecha 10 de diciembre de 2015 y sus modi-
catorios Decreto N° 039/2016, Decreto N° 1792/2017 y Decreto N° 78/2018.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 41 ter de la citada norma, com-
pete a la Secretaría de Comunicaciones y Conectividad el diseño de po-
líticas públicas orientadas a instrumentar y fortalecer la infraestructura y
conectividad en todo el territorio provincial.
Que, en virtud de la estructura orgánica del Gobierno de la Provincia de
Córdoba, esta Secretaría es órgano rector en materia de conectividad en
el ámbito de la administración pública no nanciera en los términos del
artículo 5 de la Ley N° 9086, siendo de su competencia el desarrollo y
despliegue de la Red Provincial de Fibra Óptica.
Que le compete, asimismo, la promoción del despliegue de infraestructura
de última milla o red urbana.
Que en cumplimiento de dicha normativa resulta necesario en esta instan-
cia, coordinar medidas y planes de acción con los diferentes Ministerios,
Secretarías, Agencias, Empresas y/o entes centralizados, descentraliza-
dos y autárquicos del Estado Provincial, a n de promover el tendido de
redes de bra óptica en cada obra pública que se realice en territorio de la
Provincia de Córdoba.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
Y CONECTIVIDAD
RESUELVE
Artículo 1º INSTÉSE a todos los organismos del Poder Ejecutivo, Ministe-
rios, Secretarías, Agencias, Empresas y/o entes centralizados, descentra-
lizados y autárquicos del Estado Provincial, que lleven adelante procesos
de contratación de obra pública, en los términos de la Ley N° 8614 y sus
modicatorias, a que incluyan en sus Pliegos de Condiciones Generales,
Particulares y Especicaciones Técnicas, pautas y criterios tendientes a
garantizar el desarrollo de la red provincial de Fibra Óptica.
Artículo 2º DIFÚNDASE, el contenido de la presente Resolución, a los
nes de garantizar la coordinación en materia de conectividad y la comuni-
cación inter-orgánica e inter-administrativa, en todos los organismos men-
cionados en el artículo precedente.
Artículo 3º PROMUÉVASE, la celebración de acuerdos y coordinación
de políticas, con el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, el
Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento, y con el resto de los or-
ganismos pertinentes, a los nes de efectivizar en cada obra con valor
estratégico, la infraestructura necesaria y conectividad en todo el territorio
provincial.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO. CR. MANUEL FERNANDO CALVO – SECRETARIO DE COMUNICACIONES
Y CONECTIVIDAD.

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