Resolución N° 357/MEIGC/18
Emisor | Ministerio de Educación e Innovación |
Fecha de la disposición | 15 de Junio de 2018 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 357/MEIGC/18
Buenos Aires, 6 de junio de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5.666), Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/17, la Resolución Conjunta Nº 5-SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC-2014, el
Expediente Electrónico Nº 05475512-MGEYA-DGAR-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la prórroga de la locación administrativa del
inmueble sito en la calle Bragado 5350 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
destino al funcionamiento de la Escuela Primaria Nº 13 del Distrito Escolar 13º;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2095 (Texto
consolidado por Ley Nº 5666) reglamentada por el Decreto Nº 326/GCABA/17;
Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del
sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la
ejecución de los contratos que contempla, la regla general es “la licitación pública o
concurso público“, agregando en el artículo 26 que los procedimientos de selección del
contratista para tales operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación
Directa y c) Remate o Subasta Pública;
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 3702/MEGC/15 y venció el día 31 de marzo de 2018;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia del mismo;
Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
Decreto Nº 326/GCABA/2017, inciso 12, apartado m) anexo I : "Finalizado el plazo
estipulado en el contrato, el eventual uso de la prórroga previsto en el mismo deberá
plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional...";
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/2017,
respecto a los apartados a) y b) y, en función de la Dirección General de
Administración de Bienes y Concesiones dependiente del Ministerio de Economía y
Finanzas, informa que no existen en la actualidad inmuebles disponibles de titularidad
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean las características necesarias
para los fines solicitados (IF-2018-05597120-DGABC);
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con los propietarios que dieron como resultado la
prórroga del contrato de locación administrativa registrado en la Dirección General
Escribanía General bajo Nº 34146968, que tendrá un plazo de duración de tres (3)
años, a partir del 1 de abril de 2018, con un valor locativo de pesos sesenta y cinco mil
($ 65.000.-) mensuales para el primer año, de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000)
mensuales para el segundo año y de pesos ochenta y seis mil ($ 86.000) mensuales
para el tercer y último año de la prórroga;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5395 - 15/06/2018
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