Resolución N° 357/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 357/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 7 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) modificada por la Ley
N° 5.960, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado
por Ley Nº 6.017), los Decretos Nros. 498/08, 359/2015, 363/GCBA/15 y sus
modificatorios, 675/2016, 62/2017 y 345/2017, las Resoluciones Nros.
15/SECTRANS/2018, 440/SECTRANS/2018 y 57/GCABA/SECTRANS/2019, el
Expediente Electrónico Nº 26960733-MGEYA-SECTRANS/2018 y;
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se le dio trámite al recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio presentado por el Sr. Andrés Daniel Gayosa, titular del D.N.I.
34.390.242, C.U.I.T 20-34390242-6, contra la Resolución Nº 440/SECTRANS/2018,
que dispuso rescindir el contrato de locación de servicios que lo unía con la
Administración a partir del 01/09/2018;
Que, tal como surge de las constancias obrantes en estas actuaciones, el Sr. Gayosa,
brindó servicios para la Unidad de Proyectos Especiales Movilidad Saludable
(UPEMS) antes Dirección General de Movilidad Saludable (DGMSA), iniciando su
vinculación en enero de 2014, desempeñándose, desde inicio de su contratación,
como chofer del Servicio de Transporte Público de Bicicletas (STPB);
Que la rescisión del contrato referido se produjo como consecuencia de los
incumplimientos sostenidos por parte del Sr. Gayosa;
Que en el marco de las actuaciones EE-2018-24894831-MGEYA-UPEMS, se dictó el
pertinente acto administrativo, Resolución N° 440-SECTRANS/18, en virtud del cual
operó la rescisión de la contratación del requirente a partir del 01/09/2018, notificada la
misma mediante cédula el Sr. Gayosa presentó el recurso objeto de autos;
Que habiendo tomado debida intervención la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, emitió el correspondiente Dictamen Jurídico (IF-2019-05957178-
GCABA-DGEMPP) y, siguiendo los lineamientos del mismo, se dictó la Resolución Nº
57-SECTRANS/2019, mediante la cual se rechazó el recurso de reconsideración
interpuesto por el Sr. Gayosa, por resultar el acto administrativo impugnado ajustado a
derecho;
Que, con posterioridad y de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de
impugnación de actos administrativos, tramita el pertinente recurso jerárquico que
opera en subsidio al recurso de reconsideración contra la mencionada resolución.
Ampliados los fundamentos del recurso por el Sr. Gayosa, tomó nueva intervención el
Órgano Asesor, emitiendo un nuevo Dictamen Jurídico N° IF-2019-08943233-GCABA-
DGEMPP;
Que, en ocasión de encontrarse el reclamo referido bajo el análisis de la Procuración
General, el Órgano Asesor ha sostenido en su pronunciamiento que el recurrente no
ha aportado nuevos elementos de hecho y/o derecho que permitan conmover los
argumentos que dieron fundamento a la resolución impugnada;
Que, en este contexto, y siguiendo el criterio esbozado, corresponde desestimar el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5618 - 16/05/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR