Resolución Nº 39/2012
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 12 de Enero de 2012 |
Bs. As., 12/1/2012
VISTO el Expediente Nº 1.475.294/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.475.294/11 obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA (AOMA) y la empresa YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO (YMAD), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones laborales y económicas, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que respecto de lo pactado en el artículo 10, corresponde señalar que la homologación que por el presente acto se dicta, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.
Que por otra parte, corresponde hacer saber a las partes que el listado obrante a fojas 8 identificado como Anexo III, no se encuentra comprendido en la homologación que por el presente acto se resuelve por ser ajeno al ámbito colectivo.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.475.294/11, celebrado por la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA (AOMA) y la empresa YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO (YMAD), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.475.294/11.
— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
— Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.475.294/11
Buenos Aires, 17 de enero de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 39/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/7 del...
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