Resolución N° 19/GCABA/PG/08

FirmantesTonelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Procuración General de la Ciudad
Fecha de la disposición15 de Enero de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD

RESOLUCIÓN N° 19/ GCABA/ PG/ 08

ADELINA LOIANNO, DNI 10.672.130 - APRUEBA LA TAREA ESTABLECIDA EN EL ART. 25 DE LA LEY N° 70 CORRESPONDIENTE A LA RENUNCIA AL CARGO DE PROCURADORA GENERAL ADJUNTA DE CONTROL DE LEGALIDAD - PROCURACIÓN GENERAL

Buenos Aires, 15/01/2008

Visto la Ley N° 70, los Decretos Nros. 1.000/99, 1.926/06, y el Registro N° 3-PG/08, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70 establece en su artículo 25 que: Los/as responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y prestándola a quienes legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada;

Que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del artículo 25 de la Ley N° 70, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaba;

Que por el Decreto N° 1.881/07 se aceptó la renuncia presentada por la Dra. Adelina Loianno (DNI 10.672.130-CUIL 27-10672130-6), al cargo de Procuradora General Adjunta de Control de Legalidad de esta Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el que fuera designada mediante Decreto N° 1.926/06;

Que por el registro citado en el visto, la Dra. Adelina Loianno ha presentado el informe de su gestión y solicita que se dé la intervención que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99 corresponde a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU), y se resuelva teniéndolo por presentado y ordenando el pago de los emolumentos que por ley corresponden;

Que la Dra. Adelina Loianno ha presentado en tiempo y forma el informe final sobre su gestión;

Que por lo expuesto resulta procedente tener por cumplida la actividad desplegada por la Dra. Adelina Loianno en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70, y en consecuencia abonar la tarea allí establecida;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad...

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