Resolución Nº 353/GCABA/CDNNYA/16

FirmantesMartínez Bedini
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Consejo de Los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2016

VISTO:

La Ley N° 114, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos

Aires, aprobada por Decreto 1510/97, las Resoluciones Nros. 436/CDNNyA/2011 y

216/CDNNyA/2016, el Expediente Electrónico N° 7159741/MGEyA-CDNNyA/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas,

Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las

funciones que le incumben a la Ciudad en materia de promoción y protección de los

derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que mediante la Resolución N° 216/CDNNyA/2016, se inscribió a la Cooperativa de

Trabajo Circo al Frente Limitada en el Registro de Organizaciones no

Gubernamentales (ONGs) de este Organismo, en los términos del artículo 75 de la Ley

N° 114 y conforme la metodología establecida por la Resolución N°

436/CDNNyA/2011;

Que por el IF N° 10039866/MGEyA-CDNNYA/2016, obrante en el Expediente

Electrónico N° 7159741/MGEyA-CDNNyA/2016, la señora Directora del Registro de

Organizaciones no Gubernamentales solicita la rectificación del Artículo 1.-) de la

citada resolución atento haber detectado un error material en la misma, habiendo sido

consignado un domicilio erróneo, toda vez que el domicilio legal de de la citada

Cooperativa es en la calle Trole N° 389, Piso 2, Departamento "D" de esta Ciudad;

Que el artículo 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos

Aires, aprobada por Decreto N° 1510/97, establece que en cualquier momento podrán

rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la

enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;

Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo que

rectifique el artículo 1.-) de la Resolución N° 216/CDNNYA/2016 en el sentido antes

expuesto;

Que la Dirección General Legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 y el

Decreto N° 32/AJG/2016,

LA VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

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