Resolución Nº 2/2011

Fecha de disposición29 Diciembre 2011
Fecha de publicación15 Febrero 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 29/12/2011

VISTO el Expediente CUDAP Nº 53.343/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Decisiones Administrativas Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y Nº 1 del 12 de enero de 2000, y lo solicitado por la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8º de la Decisión Administrativa Nº 1/00, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1º de la medida citada en primer término en el Visto.

Que por el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 477/98 se estableció que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas al fijar la retribución de los Asesores de Gabinete, podrá ser empleado a fin de designar personal, otorgándosele Unidades Retributivas o acordar, de la misma forma, el “Suplemento de Gabinete” o el “Suplemento Extraordinario”.

Que a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas a diversos agentes que prestan servicios en la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de esta Jurisdicción, procede otorgarles el “Suplemento Extraordinario” mensual, con la asignación de las Unidades Retributivas mencionadas en la planilla que, como Anexo I forma parte integrante de la presente medida y de acuerdo con el detalle obrante en la misma.

Que se ha verificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para atender los gastos que ocasiona la presente medida.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta a tenor de lo establecido en el artículo 3º, inciso c) de la Decisión Administrativa Nº 477/98.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE EVALUACION PRESUPUESTARIA

DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Asígnase el “Suplemento Extraordinario” mensual correspondiente al gabinete de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE...

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