Resolución N° 3518/MCGC/19

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.º 3518/MCGC/19
Buenos Aires, 14 de mayo de 2019
VISTO: Los Decretos Nº 224-GCABA-13 y N° 182-GCABA-15, la Resolución N° 1016-
MEFGC-18, la Resolución FC N° 665-MEFGC-18, y el EX-2019-12622396- MGEYA-
DGTALMC y;
CONSIDERANDO:
Que, por Comunicación Oficial NO-2019-10282087-GCABA-SSDHPC, la Señora
Subsecretaria de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la
Vicejefatura de Gobierno solicitó al Ministerio de Cultura la gestión del contrato
artístico de HORVILLEUR EMMANUEL JAVIER, DNI Nº 24.364.543, cuyo detalle
consta como documento adjunto a dicha nota, para la Dirección Ejecutiva Consejo
Parque de la Memoria y Monumento a las Víctimas de Terrorismo de Estado, en el
marco de la realización de las muestras artísticas, tales como "50 Años del
Cordobazo", "Ensayo sobre un Tribunal" y "Brujas", como así también, los contratos
artísticos requeridos por la Dirección General de Colectividades para el evento "BA
CELEBRA - PATIO GASTRONOMICO DE LAS COLECTIVIDADES", áreas
dependientes de dicha Subsecretaría;
Que, de la citada solicitud surge que la contratación se realizará por el período
comprendido entre los días 01 de abril y 30 de abril de 2019, por un importe mensual
de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($ 363.000.-).
Que, la citada Subsecretaría, ha evaluado la calidad e idoneidad que reúne el
contratado, y que la considera acorde con la jerarquía que se quiere dar al servicio;
Que, en el marco de la normativa regulatoria de las contrataciones artístico culturales
en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el artículo 8° del
Decreto N° 224/13 entiende por contratos de servicios o de obra artístico-culturales,
aquellos exclusivamente celebrados para la producción de actividades que conforman
servicios finales, y que pueden identificarse con acciones específicas que ejecuta cada
unidad de organización del Ministerio de Cultura, incluyendo los espectáculos
teatrales, musicales, de ballet y líricos, los festivales, los conciertos, las exposiciones,
las conferencias y las actividades académicas afines a la materia;
Que, a su vez, el artículo 10° del Decreto N° 224/13 faculta al señor Ministro de
Cultura a celebrar, dentro de su disponibilidad presupuestaria, contrataciones artístico-
culturales bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, por un monto máximo
de hasta PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000) anuales por cada
contrato;
Que, mediante Resolución N° 1016-MEFGC-18 el Ministro de Economía y Finanzas
elevó el monto establecido en el artículo 10° del Decreto N° 224/13 a la suma de
CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-);
Que, la presente contratación cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 224/13 y su
modificatorio Decreto N° 182/15, la Resolución N° 1016-MEFGC-18 y la Resolución
FC N° 665-MEFGC-18;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5625 - 27/05/2019

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