Resolución N° 35/SSABI/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición22 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 35/SSABI/21
Buenos Aires, 16 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes Nº 70, N° 1.218, Nº 6.292 (textos consolidados por Ley Nº 6.347),
N° 6.138, Nº 6.247, N° 6.301 y N° 6.384, los Decretos N° 196/GCABA/20 y Nº
37/GCABA/21, las Resoluciones N° 14/SSABI/2021 y N° 25/SSABI/2021, el
Expediente Electrónico N° 2019-21345792-GCABA- DGABRGIEG, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 6.138 declaró innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y autorizó la enajenación, de conformidad con los
mecanismos legales vigentes, un conjunto de inmuebles de dominio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que se individualizan en el Anexo I de dicha norma;
Que entre dichos inmuebles se encuentra el inmueble identificado como Avenida
Corrientes N°5379 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 18; Sección 31; Manzana
4; Parcela 14), matrícula FR 18-8874;
Que los fondos resultantes de la presente disposición serán destinados a la
adquisición del dominio y/o el uso por cualquier título de los inmuebles necesarios para
el traslado de las centralidades administrativas al sur de la Ciudad, con los
requerimientos establecidos por el Poder Ejecutivo; y para el desarrollo de los
anteproyectos, proyectos, y obras con fines públicos para las centralidades
administrativas en el sur de la Ciudad, con los requerimientos establecidos por el
Poder Ejecutivo;
Que de conformidad con los antecedentes que lucen en el presente actuado, el
inmueble identificado en el considerando 2° de la presente pertenece al dominio de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Ley Nº 6.247 se establecen los lineamientos a observar en los
procedimientos aplicables a los actos de disposición de bienes inmuebles de dominio
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los procedimientos de
selección al de subasta pública simple;
Que la Ley de Ministerios Nº 6.292 contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción con sus respectivas competencias;
Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 7, atribuye dicha cartera ministerial
competencia para entender en todos los aspectos vinculados a la posesión, tenencia,
administración, dominio, disposición y enajenación de los bienes inmuebles de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto Nº 196/GCABA/20 estableció entre las responsabilidades primarias de
la Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles dependiente del Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la de intervenir en carácter de órgano contratante en los procedimientos de
disposición de los bienes inmuebles de dominio privado de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que atento el Decreto N° 74-GCABA/21 reglamentario de la Ley 2.095 (texto
consolidado por la Ley Nº 6.347) introduce cambios en los niveles de decisión para
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6153 - 22/06/2021

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