Resolución N° 35 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Mayo de 2022
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición28 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 92
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 5 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución N° 35
Córdoba, 28 de abril de 2022
VISTO: El expediente Nº 0027-081902/2022, por el cual se propicia la for-
malización de compensaciones de Recursos Humanos, asignados por el
Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1314 de fecha 17 de agosto de 2011, se faculta a
los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administra-
ción Central a autorizar las modicaciones presupuestarias compensadas
entre los cargos de planta permanente asignados dentro de su misma ju-
risdicción que se encuadren en el artículo 31 de la Ley N° 9086.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas
modicaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que por Decreto N° 2881 de fecha 30 de diciembre de 2011, se reestable-
cieron las facultades oportunamente conferidas a los titulares de cada uno de
los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central sobre la materia.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Di-
rección de Jurisdicción Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 150/2022
y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Huma-
nos de conformidad con el formulario “Detalles de modicaciones presu-
puestarias – cargos” correspondiente al período 03/01/2022 al 30/03/2022,
el que como Anexo I con tres (3) fojas útiles, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Subsecretaría de
Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas y a
la Legislatura, dese intervención a la Dirección General de Coordinación
Operativa de este Ministerio; publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: MÓNICA ZORNBERG, SEC. DE ADMINIST. FINANCIERA - MINISTERIO DE
FINANZAS
Por encomienda de rma- Resolución Ministerial N° 119/2020.
ANEXO
Resolución N° 85 - Letra:D
Córdoba, 29 de abril de 2022
VISTO: El expediente N° 0007-197789/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que a través del Artículo 129 de la Ley Impositiva N° 10.790, vigente para
la anualidad 2022, se faculta a este Ministerio para adecuar la descripción de
los servicios que preste el Estado Provincial y redenir los valores, porcentajes
o montos jos que, en concepto de Tasas Retributivas de Servicios se consig-
nan en dicha Ley, en función de los costos de prestación que periódicamente
se determinen, así como a establecer, -a propuesta del organismo correspon-
diente de la Administración Pública o del Poder Judicial-, los importes que retri-
buyan nuevos servicios en compensación de los gastos a que dé lugar la pres-
tación y eliminar los importes de aquellas Tasas Retributivas correspondientes
a servicios que dejen de prestarse.
Que por el Artículo 107 de la referida Ley, se establecen los importes
que deben abonarse para la anualidad 2022 en concepto de Tasas Retri-
butivas en contraprestación de los servicios a cargo del Boletín Ocial de
la Provincia de Córdoba.
Que mediante la Ley N° 10.719, la Provincia de Córdoba promueve el prin-
cipio de equidad de género en la composición de los órganos de administra-
ción y scalización de las personas jurídicas privadas cuyo domicilio legal se
encuentre radicado en la Provincia de Córdoba y que se encuentren sujetas a
la scalización de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas
dependiente del Ministerio de Finanzas o la que en el futuro la reemplace.
Que por el Artículo 2° de la Ley citada en el considerando precedente, se
precisa que una persona jurídica respeta el principio de equidad de género,
cuando sus órganos de administración y, en su caso, de scalización, se en-
cuentren integrados por al menos la mitad de miembros femeninos, situación
que se acreditará conforme certicación emitida por la Dirección General de
Inspección de Personas Jurídicas, la cual les permitirá acceder a los bene-
cios, regímenes de promoción, exenciones o cualquier otro estímulo que
dispongan los organismos estatales o entidades privadas, con el objetivo de
promover la equidad de género (artículos 3° y 4° de la Ley N° 10.719).
Que, en tal sentido, la Dirección General de Inspección de Personas
Jurídicas a través de la Resolución N° 60/2020 de fecha 30 de diciembre
de 2020, reglamenta el cumplimiento del principio de equidad de género en
el marco de la citada Ley Provincial, el cual podrá ser vericado en la Con-
sulta de Estado de Situación de su Portal de Trámites, visualizándose una
insignia con la leyenda “Cumple con Ley 10.719” para aquellas entidades
que en ese momento se adecuen a lo requerido.
Que, en esa línea, desde la citada Dirección General se propicia ante
este Ministerio, con la anuencia de Fiscalía de Estado, el dictado de una
norma que permita establecer sin cargo las publicaciones en el Boletín
Ocial de Córdoba para aquellas personas jurídicas que respeten el prin-
cipio de equidad de género, como una forma de continuar promoviendo la
igualdad de género siguiendo los lineamientos dispuestos por el Estado
Provincial en la Ley N° 10.719.
Que, atento a lo indicado precedentemente, resulta procedente la mo-
dicación del Artículo 107 de la Ley Impositiva vigente estableciendo que
las publicaciones solicitadas por personas jurídicas privadas que respeten
el principio de equidad de género en los términos de la Ley N° 10.719 y
que acrediten el cumplimiento de las disposiciones de dicha Ley conforme
las disposiciones de la Resolución N° 60/2020 de la Dirección General de
Inspección de Personas Jurídicas, sean sin cargo.
Que tal nalidad coincide con los objetivos planteados por esta Ad-
ministración Provincial de simplicar la gestión de trámites ante el Estado
Provincial y la disminución de los costos de prestación de los servicios
solicitados por los usuarios, contribuyentes y/o responsables.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Uni-

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