RESOLUCION Nº 36.497

Fecha de disposición02 Febrero 2012
Fecha de publicación02 Febrero 2012
SecciónResoluciones

SINTESIS:

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTE

DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Autorizar a CAJA DE SEGUROS S.A. a operar en el territorio de la República Argentina, en el ramo GRANIZO con las condiciones contractuales autorizadas con carácter general por la Resolución Nº 9440 y sus complementarias y/o modificatorias de fs. 1 y 51/2, Modificaciones de fs. 56, Condiciones Particulares de fs. 6/7, Solicitud de Seguro de fs. 10/12, Formulario de Denuncia de Siniestro de fs. 8/9, y Tarifas y demás bases técnicas de fs. 28/9.

ARTICULO 2º

— Hacer saber a la recurrente que previo al inicio de las operaciones, deberá someter a consideración de este Organismo copia del o de los contratos de reaseguro que celebre.

ARTICULO 3º

— La entidad deberá dar cumplimiento a lo normado por la Resolución Nº 27.909 de fecha 29 de diciembre de 2000.

ARTICULO 4º

— La política de suscripción y retención de riesgos, deberá dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Nº 30.842.

ARTICULO 5º

— Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente resolución y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio...

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