Resolución N° 348 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor14 de Octubre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 213
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
los ítems, en esta etapa”, indicando además que se mantiene inaltera-
ble el plazo dispuesto contractualmente.
Que se acompaña nuevo Plan de Inversión – Plan 02, contando con
el visto bueno técnico de la Dirección de Vialidad en el citado “Informe
Resumen de Nuevo Plan de Avance y Curva de Inversión”.
Que obra Dictamen Nº 402/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que lucen agregadas
las constancias obrantes en Sistema POP, en especial la intervención
de los organismos con competencia técnica de la Dirección de Vialidad,
lo establecido en el art. 41 correlativos y concordantes del Pliego Ge-
neral de Condiciones (T.O. por Decreto Provincia N° 4758/77), con las
observaciones allí formuladas, que son de carácter formal y no impiden
la prosecución del trámite.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dicta-
minado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio
con el N° 402/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el nuevo Plan de Avance y Curva de Inver-
sión correspondientes a la obra: “MEJORAMIENTO CAMINO RURAL DE
LA RED SECUNDARIA S-130 – LAS PEÑAS – LOS MISTOLES – DEPAR-
TAMENTO TOTORAL, conforme planilla que, como Anexo I, compuesto de
una (1) foja útil forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamenta-
ción y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 348
Córdoba, 06 de octubre de 2021
Expediente Nº 0045-023223/2021.-
VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación
de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la
Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único” propicia la publi-
cación en el Boletín Ocial, requerida a los nes de obtener la conformidad
de los beneciarios de la obra: “MEJORAMIENTO DE RUTA PROVINCIAL
RP S-331 – ACCESO A MONTE MAÍZ - DEPARTAMENTO: UNIÓN” y la
apertura de un Registro de Opositores, todo en el marco de lo dispuesto
por el artículo 14 del Anexo Único al Decreto N° 1053/2018 - reglamentario
de la Ley N° 10546 - modicado por Decreto N° 0454/2020.
Y CONSIDERANDO:
Que la referida normativa establece que las obras que se aprueben
en el marco del “Programa de Pavimentación y Mejora de Caminos
Rurales”, se ejecutarán por el sistema de Contribución de Mejoras, re-
quiriéndose la conformidad de los contribuyentes alcanzados por el
área contributiva (artículo 3º de la Ley N° 10546 y artículo 14 del Anexo
Único al Decreto Reglamentario N° 1053/2018, modificado por Decreto
N° 0454/2020).
Que la citada reglamentación establece que la autoridad de aplica-
ción, a los fines de lograr esa conformidad, publicará durante cinco (5)
días consecutivos en el Boletín Oficial, la información relacionada a la
obra a realizar y la respectiva contribución, disponiéndose en el mismo
momento la apertura de un Registro de Opositores, informándose en
la mencionada publicación, el procedimiento y requisitos para realizar
la oposición. El citado Registro se habilitará durante el término de cin-
co (5) días a contar desde la última publicación, para que dentro de
ése plazo los contribuyentes que se encuentren dentro de la zona de
influencia, manifiesten su disconformidad (artículo 14 del Anexo Único
al Decreto Reglamentario N° 1053/2018, modificado por su similar N°
0454/2020).
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas de este
Ministerio insta en autos el procedimiento y acompaña síntesis del proyec-
to, costo de la obra ($ 123.657.675,69) IVA incluido, “confeccionado confor-
me a valores del mes de septiembre del 2021” con un plazo de ejecución
de 360 días, área contributiva y listado de futuros contribuyentes alcanza-
dos, su proporción y estimación de la contribución a realizar.
Que asimismo propone el procedimiento y requisitos para realizar
la oposición de la siguiente manera: “El beneficiario que quiera oponer-
se a la contribución, deberá hacerlo mediante la Mesa de Entrada Digi-
tal, para lo cual deberá ingresar desde su Ciudadano Digital al siguien-
te enlace: https://fid.cba.gov.ar/ Una vez ingresado, deberá completar
los campos de datos personales, el motivo del trámite y anexar una
copia de su D.N.I., y una copia del impuesto inmobiliario para constatar
el número de cuenta al que quiera asociar el reclamo; o mediante un
correo electrónico a la casilla UnidadEjecutoraCCU@cba.gov.ar con
el Asunto “Registro de Oposición” en el cual deberá incluir sus datos
personales, anexar una copia de su D.N.I. y una copia del impuesto
inmobiliario para constatar el número de cuenta al que quiere asociar
el reclamo.
Que el citado informe técnico, hace plena fe por sí mismo, en re-
lación a su conformidad con la normativa específica (Ley N° 10546,
Decreto Reglamentario N° 1053/2018, Resolución del Ministerio de
Obras Públicas y Financiamiento N° 250/2018, Ley N° 10622, Reso-
lución del Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento N° 100/2019,
Ley N° 10675, Resolución N° 130/2020 de este Ministerio y Decreto N°
0454/2020) y Ley N° 6205 de “Contribución por Mejoras en zona rural,
urbana y serrana” y su Decreto Reglamentario N° 4945/79, de aplica-
ción subsidiaria en todos aquellos aspectos no regulados a la temática
de marras, según artículo 3º Ley N° 10546.
Que obra Dictamen Nº 407/2021 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el que se expresa que puede proce-
derse conforme a lo propiciado, disponiendo la publicación en el Bole-
tín Oficial y la apertura del Registro de Opositores, en los términos del
artículo 14 del Anexo único al Decreto N° 1053/2018, reglamentario de
la Ley N° 10546, modificado por Decreto N° 0454/2020.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dicta-
minado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio
con el N° 407/2021 y en uso de sus atribuciones,

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