Resolución Nº 347/GCABA/CDNNYA/17

FirmantesLeguizamón
EmisorF/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

VISTO:

Las Leyes Nros. 114 y 471 (textos consolidados por Ley N° 5.666), el Decreto N°

1550/2008, la Resolución N° 187/CDNNyA/2016, el Expediente Electrónico N°

07.738.100/MGEyA-DGSAP/2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se crea el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en

materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada norma, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que mediante el Decreto 1550/2008, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires delegó en los Ministros la facultad de autorizar en forma excepcional la ausencia

sin goce de haberes de los agentes comprendidos en la Ley N° 471 (texto consolidado

por Ley N° 5.666), estableciendo que el período por el cual se autoriza la ausencia no

podrá exceder un (1) año, renovable por un período similar;

Que por Resolución N° 187/CDNNyA/2016 se otorgó a la agente Agustina Toscani

licencia extraordinaria sin goce de haberes por razones particulares a partir del 10 de

marzo del 2016, por el término de un (1) año;

Que por el Expediente Electrónico N° 07.738.100/MGEyA-DGSAP/2017 la agente

Agustina Toscani, F.C. N° 472676, CUIL N° 27-31613503-5, quien se desempeña

como Psicóloga en el Centro de Atención Transitoria (CAT) dependiente del

Departamento de Intervenciones Especiales de la Dirección General de Servicios de

Atención Permanente, dependiente del área de Presidencia del organismo, solicitó

mediante nota obrante como IF N° 07.743.276/DGSAP/2017, la renovación de la

licencia sin goce de haberes que le había sido otorgada, a partir del 10 de marzo del

año en curso y por el término de un (1) año, reservándose la partida presupuestaria N°

20150060 D-A-03 de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que motiva tal solicitud una situación particular y familiar por la que se encuentra

atravesando y que requiere la permanencia de la misma en la provincia de Neuquén;

Que mediante Informe IF N° 07.745.223/DGSAP/2017, la titular de la Dirección

General de Servicios de Atención Permanente...

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