Resolución N° 1382/2011
Fecha de disposición | 14 Octubre 2011 |
Fecha de publicación | 19 Enero 2012 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 14/10/2011
VISTO el Expediente N° 1.391.931/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1623 del 28 de octubre de 2010, N° 1888 del 7 de diciembre de 2010, N° 1189 del 15 de septiembre 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución S.T. N° 1888/10 se fijaron los topes índemnizatorios correspondientes al Acuerdo N° 1599/10, obrante a fojas 18/20 del Expediente N° 1.391.931/10.
Que a fojas 1/6 del Expediente N° 1.426.462/11, agregado como foja 65 al Expediente N° 1.391.931/10, obra el recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio interpuesto por el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA contra la Resolución S.T. N° 1888/10.
Que a fojas 110/112 del Expediente N° 1.391.931/10 obra la Resolución S.T. N° 1189/11 mediante la cual se deja sin efecto lo dispuesto por la Resolución S.T. N° 1888/10 y se ordena el giro de las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de proyectar un nuevo acto administrativo.
Que a tal efecto, cabe mencionar que fojas 20 del Expediente N° 1.391.931/10 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ASOCIACION DE ASEGURADORES DE VIDA Y RETIRO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 283/97, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1623/10 y registrado bajo el N° 1599/10, conforme surge de fojas 37/39 y 42, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexas considerados.
Que a fojas 114/117 obra el informe técnico elaborado por la citada Dirección...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba