Resolución N° 344-MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 344/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 12 de marzo de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471 y Nº 1218, el Decreto Nº 3360/GCBA/68, el Expediente Electrónico
28944328-MGEYA-MAYEPGC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la denuncia realizada por el Ente de
Higiene Urbana, por medio de la cual se informa que se produjo el hurto de NUEVE
(09) Palas de Palear, SEIS (06) Palas de Plástico, UN (01) Chaleco, Una (01)
campera, UN (01) par de botines y DOS (2) cajones de escobillos, pertenecientes al
área patrimonial de ese organismo, en horas de la mañana del dia 20/01/2014 en la
calle Cafallate y Delfin Gallo, de esta Ciudad;
Que la Sra. Fanny Lorena Pimentel, encargada de las herramientas en cuestión,
realizó la correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 48;
Que por el Informe N° 00642758-EHU/2014, obra la nota de fecha 20/01/2014
confeccionada por la Sra. Fanny Lorena Pimentel dirigida al Subgerente de Barrido de
Calles Turno Mañana del Ente de Higiene Urbana-, en donde detalló que, tomando
servicios en horas de la mañana comprobó el hurto de NUEVE (09) Palas de Palear,
SEIS (06) Palas de Plástico, UN (01) Chaleco, Una (01) campera, UN (01) par de
botines y DOS (2) cajones de escobillos a cargo de su personal;
Que mediante Informe N° 23520558-EHU/2017, el Ente de Higiene Urbana informó
que el valor unitario de las palas de palear pesos setenta y uno con 90/100 ($71,90);
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de Ciudad, tal como lo establece la Ley N° 1218, la misma se expidió en el
Informe N° 02893314--DGSUM/2018, mediante el cual sugiere a sustanciación de un
sumario administrativo por tratarse de elementos pertenecientes a éste Gobierno, se
exige la observancia del deber de cuidado y conservación del agente usuario o
tenedor de tales herramientas;
Que por lo expuesto, corresponde ordenar la instrucción de un sumario administrativo,
a fin de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, y posteriormente, determinar si
corresponde atribuir responsabilidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo a los fines de investigar los hechos y
determinar las eventuales responsabilidades que pudieran surgir, respecto a la
denuncia realizada por el Sra. Fanny Lorena Pimentel por el hurto de NUEVE (09)
Palas de Palear, SEIS (06) Palas de Plástico, UN (01) Chaleco, Una (01) campera, UN
(01) par de botines y DOS (2) cajones de escobillos, pertenecientes al Ente de Higiene
Urbana.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5337 - 19/03/2018

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