Resolución N 1572/GCABA/MAYEPGC/11
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 28 de Diciembre de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESOLUCIÓN N 1572/GCABA/MAYEPGC/11SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA DISPOSICIÓN N° 166-DGLIM/11
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011
RESOLUCIÓN N.° 1572/MAYEPGC/11
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2011
VISTO:
El Expediente N° 1.226.942/11, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración interpuesto por la empresa TRANSPORTES OLIVOS SACIF - ASHIRA S.A. UTE, contra los términos de la Disposición N° 166-DGLIM/11;
Que dicha Disposición impuso a la empresa prestataria, una multa por los incumplimientos detallados en el Informe de Penalidades N° 76-2010 Zona Tres, de conformidad con el artículo 59 FALTAS LEVES apartados 14° del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 06/2003, aplicable al Servicio de Barrido y Limpieza de Calles;
Que notificados que fueran los términos del citado acto administrativo, la interesada, en legal tiempo y forma, interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio;
Que posteriormente, mediante Disposición N° 228-DGLIM/11, se desestimó el mentado recurso de reconsideración, haciéndosele saber a la interesada la posibilidad de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio, de conformidad con lo estipulado por el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;
Que haciendo uso de dicho derecho, la recurrente, presentó, mediante el Expediente N° 887.207/11 su escrito de ampliación de los fundamentos del recurso jerárquico interpuesto en subsidio;
Que procediéndose al análisis del remedio procedimental intentado, es menester destacar que el procedimiento sancionatorio llevado a cabo en las actuaciones no merece objeciones que formular ello habida cuenta que han sido merituados debidamente los pormenores del incumplimiento cometido;
Que a su turno, es dable señalar que por la trascendencia jurídica que tiene el Pliego de Bases y Condiciones, la doctrina lo ha denominado "la ley de contrato", por cuanto establece cláusulas que son fuentes...
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