Resolución Nº 1726/2011

Fecha de disposición25 Noviembre 2011
Fecha de publicación30 Diciembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 25/11/2011

VISTO el Expediente Nº 1.447.630/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1110 del 6 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente Nº 1.447.630/11 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 984/08 “E”; Nº 983/08 “E”; Nº 975/08 “E”; Nº 985/08 “E”; Nº 1106/10 “E” y Nº 986/08 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1110/11 y registrado bajo el Nº 1232/11, conforme surge de fojas 33/35 y 38, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 56/64, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de las bases promedio mensual y de los topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que a fojas 1/13 del Expediente Nº 1.479.808/11, agregado como foja 51 al Expediente Nº 1.447.630/11 obra la solicitud de homologación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa celebrado oportunamente entre las partes signatarias del acuerdo precitado y de aplicación a todo el personal que se desempeña en la Usina Generadora de Energía Eléctrica en la ciudad de Charata, Provincia del CHACO.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo...

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