Resolución N° 3405/MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición19 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 3405/MCGC/18
Buenos Aires, 22 de junio de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.264 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 886/07, su
modificatorio 1.135/09 y las Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el
Expediente Electrónico N° 11.434.875/MGEYA-DGTALMC/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.264 (texto consolidado por Ley N° 5.666) creó el Régimen de
Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de
la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la
aprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejo
de Promoción Cultural;
Que el artículo 6° de la Ley N° 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 9° de la Ley define las atribuciones del mencionado Consejo, entre las
que se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y su
reglamentación, como asimismo elevar a la a autoridad de aplicación, a los fines de su
aprobación, los proyectos que obtengan resolución favorable en razón del interés
cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los artículos 12 al 16 de la Ley N° 2.264 establecen las normas relativas a las
personas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiarios
en el marco del Régimen de Promoción Cultural;
Que la Ley N° 2.264 fue reglamentada por Decreto N° 886-GCBA-07, el cual establece
en su artículo 9° que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus
proyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma
y modo que determine la autoridad de aplicación;
Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normas
complementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de Promoción
Cultural;
Que en los presentes actuados tramita la petición de la señora Verónica Emilia Bellini,
C.U.I.T. N° 27-22276902-2, con domicilio constituido en Independencia 4039 Depto. 19
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N° 6434/RPC/17
titulado "LA CANCIÓN DE LAS POETAS“ sea incluido en el Régimen de Promoción
Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la aspirante a beneficiaria ha
solicitado la suma de pesos cuatrocientos cuarenta y nueve mil sesenta y dos
($449.062.-);
Que el indicado proyecto fue declarado de interés cultural por Acta N° 294 del Consejo
de Promoción Cultural, concediéndole hasta la suma máxima de pesos trescientos mil
($300.000.-);
Que la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural informó mediante IF-
2018-16488093-DGTALMC que el proyecto de referencia cumple con las formalidades
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5417 - 19/07/2018

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