Resolución Nº 34 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Septiembre de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLV - Nº 178
CORDOBA, (R.A.) MARTES 18 DE SETIEMBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento Técnico de la Contaduría
General de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 28 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
I) ORDENAR la baja contable del saldo del Documento Único de
Ejecución de Erogaciones Nº 1233 intervención 1 tipo ordenado a pagar
Ejercicio 2017, emitido por la Secretaria General de la Gobernación, por la
suma de PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL ONCE CON TREINTA Y
OCHO CENTAVOS ($314.011,38).
II) PROTOCOLICESE, elévese al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese a Contaduría General de la Provincia y a Procuración del
Tesoro, publíquese en el Boletín Ocial y Archívese.
FDO: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 33
Córdoba, 9 de agosto de 2018
VISTO: el expediente 0172-042599/2009 en el que obra a fs. 56 el Docu-
mento Único de Ejecución de Erogaciones Nº 505 intervención 1 tipo or-
denado a pagar Ejercicio 2012, emitido por el Ministerio de Administración
y Gestión Pública.
Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado DUEE fue emitido con el objeto de atender el pago
de los autos “Paredes Adrian Roberto c/ Superior Gobierno de la Provin-
cia- Ordinario- Expediente N° 848674/36”, tramitado por ante el Juzgado de
1° Instancia y 16° Nominación en lo Civil y Comercial, Secretaría 31 de la
ciudad de Córdoba, por un total de $ 90.374,12.
Que, atento al cumplimiento del embargo por la suma de $99.418,32,
cuya copia se encuentra a fs. 5 del F.U 59, la suma citada ya no reeja una
deuda exigible, toda vez que la misma ha sido abonada totalmente por otra
vía.
Que, por imperio de los artículos 81 y 88 de la Ley 9086, las órdenes
de pago no caducan con el cierre de ejercicio.
Que mantener vigente el DUEE citado, implica una distorsión en las
cuentas del Estado Provincial, las que aparecerán tergiversadas con la in-
clusión, como deuda, de una obligación inexistente.
Que a fs. 60, obra certicación de que el DUEE citado no se pagó ni se
pagará.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas ha dictami-
nado que puede esta Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos
dictar una Resolución, disponiendo la baja contable de una orden de pago
en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento Técnico de la Contaduría
General de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 61 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
I) ORDENAR la baja contable del Documento Único de Ejecución de
Erogaciones Nº 505 intervención 1 tipo ordenado a pagar Ejercicio 2012,
emitido por el Ministerio de Administración y Gestión Pública, por la suma
de PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON
DOCE CENTAVOS ($90.374,12).
II) PROTOCOLICESE, elévese al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese a Contaduría General de la Provincia y a Procuración del
Tesoro, publíquese en el Boletín Ocial y Archívese.
FDO: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 34
Córdoba, 13 de agosto de 2018
VISTO: el expediente 0172-046824/2017 en el que obra a fs. 20 el Do-
cumento Único de Ejecución de Erogaciones Nº 1220 intervención 1 tipo
ordenado a pagar Ejercicio 2017, emitido por la Secretaría General de la
Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado DUEE fue emitido con el objeto de atender el pago
de los autos “Suarez Sergio c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdo-
ba- Ordinario- Enf. Acc. Con fundamento en el Derecho Común- Expedien-
te N° 3204208”, tramitado por ante la Cámara de Trabajo, Sala 6, Secretaría
12, de la ciudad de Córdoba, por un total de $434.186,47.
Que, atento al cumplimiento del embargo por la suma de $410.117,40,
cuya copia se encuentra a fs. 3 del F.U 24, la suma citada ya no reeja una
deuda exigible, toda vez que la misma ha sido abonada por otra vía.
Que, por imperio de los artículos 81 y 88 de la Ley 9086, las órdenes
de pago no caducan con el cierre de ejercicio.
Que mantener vigente la totalidad del DUEE citado, implica una distor-
sión en las cuentas del Estado Provincial, las que aparecerán tergiversadas
con la inclusión, como deuda, de una obligación inexistente.
Que a fs. 25, obra certicación de que el saldo de $ 410.117,40 del
DUEE citado no se pagó ni se pagará.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas ha dictami-
nado que puede esta Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos
dictar una Resolución, disponiendo la baja contable de una orden de pago
en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento Técnico de la Contaduría
General de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 26 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,

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