Resolución N° 841/GCABA/MMAGC/07

FirmantesVelasco
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN N° 841/ GCABA/ MMAGC/ 07

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - APRUEBA MANUAL DE PROCEDIMIENTO - PARA LA TOMA DE INVENTARIO FÍSICO DE BIENES MUEBLES DE USO PERMANENTE

Buenos Aires, 02/11/2007

Visto la necesidad de implementar un mecanismo adecuado para relevar y registrar internamente los bienes muebles que fueran asignados oportunamente a las distintas dependencias que conforman este Ministerio de Medio Ambiente, y

CONSIDERANDO:

Que, para evitar perjuicios patrimoniales resulta necesario que todas las dependencias actualicen los registros patrimoniales de los bienes muebles asignados a su dependencia;

Que, asimismo corresponde verificar que todos los bienes muebles estén bajo la responsabilidad de la autoridad competente mediante la firma del inventario físico;

Que, en lo que respecta a los bienes muebles que se encuentran ubicados en los distintos organismos pertenecientes a este Ministerio se carece de un procedimiento de toma de inventario físico que posibilite su correcta individualización, mediante un código que los identifique; permitiendo el seguimiento ágil y permanente de los mismos, verificando su estado de conservación y su ubicación real, facilitando el control y la correcta registración patrimonial de estos bienes;

Que, en consecuencia, resulta imperioso el dictado de pautas que fijen un procedimiento uniforme, por ser materia de una eficiente administración, a los fines de establecer como obligatorias las actividades mencionadas en los precedentes considerandos;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébase el Manual de Procedimiento para la toma de inventario físico de bienes muebles de uso permanente, conforme se detalla en el Anexo, que forma parte integrante del presente, con el objeto de optimizar y mejorar la administración de los bienes muebles existentes en este Ministerio.

Artículo 2°

Encomiéndase al Área de Patrimonio de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Medio Ambiente de notificar y a hacer aplicar los procedimientos establecidos; asimismo cada organismo dependiente de este Ministerio deberá nombrar un...

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