Resolución N° 1396/GCABA/MGGC/07

FirmantesGorgal
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 1396/ GCABA/ MGGC/ 07

RECONSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES - SE RECONSTRUYE EL EXPEDIENTE N° 4.642- 85 - SOLICITADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO

Buenos Aires, 12/10/2007

Visto el Expediente N° 42.515/07; y

CONSIDERANDO:

Que por dicha actuación la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro solicita la reconstrucción del Expediente N° 4.642/85;

Que a pesar de la intensa búsqueda efectuada en la mencionada Dirección General, mediante Nota N° 5.397-DGFOC/06, no ha sido posible localizar la actuación que nos ocupa, por lo que se procede a su reconstrucción;

Que a fs. 41, 42, 43 y 44, se agregan copias de la búsqueda de la mencionada actuación, que fueran publicadas en los Boletines Oficiales Nros. 2663, 2664 y 2665 respectivamente;

Por ello, y en virtud de lo establecido en el art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 B.O. N° 310), la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 capítulo V y el artículo 17 del Decreto N° 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818),

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1°

Reconstrúyase el Expediente N° 4.642/85 en los términos del art. 33 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/97 B.O N° 310), la Ordenanza N° 35.711 (B.M. N° 16.262) AD. 221.18 Capítulo V y el artículo 17 del Decreto N° 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818).

Artículo 2°

La Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección General de Sumarios-, procederá a instruir el correspondiente sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades por el extravío del Expediente N° 4.642/85.

Artículo 3°

La Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, procederá a reconstruir la carátula original de la citada actuación e informará los movimientos registrados por la misma.

Artículo 4°

La Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro comunicará al interesado el extravío del expediente a fin de que acompañe copias de los escritos y documentación que posea, los que deberán ser incorporados al expediente en reconstrucción.

Artículo 5°

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento, pase a la Dirección General...

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