Resolución N° 2299/GCABA/MHGC/07

FirmantesSerdarevich
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE HACIENDA

RESOLUCIÓN N° 2299/ GCABA/ MHGC/ 07

NORMAS DE PROCEDIMIENTO OPERATIVAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES EN MORA ESTABLECIDO POR LA LEY N° 2.406 - MORATORIA 2007 - CONTRIBUCIONES DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA - ABL - PATENTES SOBRE VEHÍCULOS EN GENERAL - CONTRIBUCIÓN POR PUBLICIDAD - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS -ISIB

Buenos Aires, 07/09/2007

Visto la Ley N° 2.406 (B.O. N° 2757) de Régimen de Regularización de Obligaciones Fiscales en Mora, el Decreto Reglamentario N° 1.228/07 (B.O. N° 2760) y la Resolución N° 2.518-MHGC/07 (B.O. N° 2761), y

CONSIDERANDO:

Que tanto el artículo 5° de la Ley N° 2.406 como el Decreto N° 1.228/07 en su artículo 15, facultan a la Dirección General de Rentas a dictar las normas de procedimiento operativas para la implementación del Régimen de Regularización;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Disposiciones generales Artículos 1 a 14
Artículo 1°

Los contribuyentes o responsables que pretendan acogerse al Régimen de Regularización de Obligaciones Fiscales en Mora establecido por la Ley N° 2.406, deben cumplir con las disposiciones que se establecen por la presente resolución.

Vigencia:

Artículo 2°

El régimen creado por la Ley N° 2.406 rige desde el 10 de septiembre de 2007 hasta el 8 de noviembre de 2007.

Impuestos empadronados:

Artículo 3°

La deuda se podrá regularizar a través del siguiente procedimiento:

  1. Presentación vía internet: ingresando a la página www.rentasgcba.gov.ar:

    1. Pago contado: emite boleta de pago.

    2. Pago en cuotas: emite anticipo con carácter de declaración jurada en original y una (1) copia.

    3. En cualquiera de las opciones antes señaladas la presentación y pago se efectúa en el Banco Ciudad de Buenos Aires.

  2. Presentación en oficinas de la Dirección General de Rentas, Centros de Gestión y Participación y Delegación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (para sus matriculados):

    1. Pago contado: solicita emisión boleta de pago.

    2. Pago en cuotas: solicita emisión anticipo con carácter de declaración jurada en original y una (1) copia.

    3. En cualquiera de las opciones antes señaladas el pago se efectúa en el Banco Ciudad de Buenos Aires.

    Impuesto Sobre los Ingresos Brutos:

Artículo 4°

En el caso del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, Categoría Locales, Convenio Multilateral o Categoría Especial (con exclusión del Régimen Simplificado) para regularizar sus obligaciones en mora en el presente régimen, los contribuyentes deberán concurrir a las oficinas de la Dirección General de Rentas, Centros de Gestión y Participación, delegaciones en el Colegio de Graduados de Ciencias Económicas y Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el siguiente procedimiento:

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