Resolución N° 571/GCABA/MPYOPGC/07

FirmantesSchiavi
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Planeamiento y Obras Públicas
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN N° 571/ GCABA/ MPYOPGC/ 07

DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE TAXI N° 36.532 PROPIEDAD DE PATRICIA VIVIANA BRUGNA

Buenos Aires, 15/08/2007

Visto el Expediente N° 82.194/06 y el Registro incorporado N° 10.020/DGTRANSP/07, y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de la copia autenticada del Acta de Comprobación de Infracción N° B 3902386, fechada el 9 de noviembre de 2006, el señor Juan Daniel Kappou, titular del DNI 11.955.219, se encontraba conduciendo el automóvil taxímetro dominio DEJ 208, constando como descripción de la infracción tarjeta de chofer vencida 24/5/06 y al dorso de la misma que dicho vehículo circulaba a baja velocidad y con bandera encendida;

Que de acuerdo al informe brindado por la empresa concesionaria SACTA S.A., por medio de Nota N° 6-SACTA SA/07, Registro incorporado N° 10.020-DGTRANSP/07, el vehículo dominio DEJ 208, marca Renault 19, modelo de antigüedad 2000, se encuentra afectado a la Licencia de Taxi N° 36.532, otorgada a la señora Patricia Viviana Brugna, titular del DNI 18.564.925, agregando que de las constancias del RUTAX (Registro Único del Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro) se registra al señor Juan Daniel Kappou, titular del DNI 11.955.219, como conductor no titular dependiente de la señora Patricia Viviana Brugna, titular del DNI 18.564.925, con Tarjeta Magnética N° 594683, emitida el 24 de mayo de 2005 y con fecha de vencimiento 24 de mayo de 2006;

Que mediante cédula de notificación de fecha 15 de noviembre de 2006, se notificó a la titular de la licencia que se había promovido de oficio actuación administrativa en la que se investiga la comisión de posibles incumplimientos al Régimen del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro y la eventual aplicación de sanciones contempladas en la normativa aplicable (Ordenanza N° 41.815, modificada por la Ley N° 787, tarjeta de chofer vencida mas de 120 días), intimándola a que procediera a la entrega de la documentación que poseyera y del reloj taxímetro, ambos correspondientes al vehículo infraccionado, así como a efectuar los descargos que estimara corresponder;

Que la señora Patricia Viviana Brugna manifiesta en su descargo que la infracción cometida fue involuntaria, debido a una confusión del chofer, quien no renovó su tarjeta de habilitación al creer que vencía en la misma fecha que...

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