Resolución N° 640/GCABA/MMAGC/07
Firmantes | Velasco |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente |
Fecha de la disposición | 2 de Agosto de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
RESOLUCIÓN N° 640/ GCABA/ MMAGC/ 07
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - SE ESTABLECE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES PRESCRIPTOS EN EL ART 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 50-SPTYDS-05
Buenos Aires, 02/08/2007
Visto la Ley N° 1.854, Decreto N° 639/07, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares N° 6/03, las Resoluciones Nros. 50-SPTyDS/05 y 191-MMAGC/06, y
CONSIDERANDO:
Que, en orden a los términos prescriptos por los artículos 41 y 75, inc. 22, de la Constitución Nacional y artículos 20, 21, 26, 27, 28, 29 y 30 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se debe asegurar el derecho a la salud, a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano;
Que, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares N° 6/03 establece la licitación pública nacional e internacional para contratar la prestación del servicio público de higiene urbana para cinco zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el citado pliego prevé el servicio de recolección diferenciada, por virtud del cual las empresas contratistas deben prestar este servicio de recolección a los generadores denominados hoteles, de cuatro y cinco estrellas; edificios públicos de la ciudad; la Corporación Puerto Madero y demás edificios que superen los 19 pisos de altura;
Que, también dispone que las empresas deben descargar los residuos resultantes del servicio mencionado en aquellos lugares que le indicare el Gobierno de la Ciudad;
Que, la Resolución N° 50-SPTyDS/05, establece para los generadores señalados en el tercer considerando, la obligación de separar los residuos domiciliarios generados y disponerlos en forma diferenciada, a partir del 20 de febrero de 2005;
Que, la Resolución N° 191-MMAGC/06, crea el Programa de Manejo Responsable de Residuos Sólidos Urbanos, que posee como objeto específico propiciar el cumplimiento y control de la Resolución N° 50-SPTyDS/05, y asimismo crea un Registro de Generadores Responsables;
Que, la Ley N° 1.854, se promulgó con el objeto de establecer el conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y bienes;
Que, en este sentido se...
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