Resolución N° 458/GCABA/MPYOPGC/07

FirmantesSchiavi
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Planeamiento y Obras Públicas
Fecha de la disposición13 de Julio de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCIÓN N° 458/ GCABA/ MPYOPGC/ 07

AMALIA LORENZO - SE DISPONE LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE TAXI N° 38.115

Buenos Aires, 13/07/2007

Visto el Expediente N° 74.230/06 y el Registro incorporado N° 11.650-DGTRANSP/07, y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de la copia autenticada del Acta de Comprobación de Infracción N° B 3902330, fechada el 4 de octubre de 2006, el señor Néstor Roberto Miguel, titular del DNI 16.763.245, se encontraba conduciendo el automóvil taxímetro dominio CKH 381, constando como descripción de la infracción chofer no habilitado y al dorso de la misma que dicho vehículo circulaba a baja velocidad y con bandera encendida;

Que de acuerdo al informe brindado por la empresa concesionaria SACTA S.A., por medio de Nota N° 34/SACTA-SA/07, Registro incorporado N° 11.650-DGTRANSP/07, el vehículo dominio CKH 381, marca Renault 19, modelo de antigüedad 1998, se encuentra afectado a la licencia de taxi N° 38.115, otorgada a la señora Amalia Lorenzo, titular del DNI 14.680.961, agregando que de las constancias del RUTAX (Registro Único del Servicio de Automóviles de Alquiler con Taxímetro) se registra al señor Néstor Roberto Miguel, titular del DNI 16.763.245, dado de baja en fecha 2 de septiembre de 2004 como conductor no titular dependiente de la señora Amalia Lorenzo, titular del DNI 14.680.961;

Que mediante cédula de notificación de fecha 6 de octubre de 2006, se notificó a la titular de la licencia que se había promovido de oficio actuación administrativa en la que se investiga la comisión de posibles incumplimientos al Régimen del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro y la eventual aplicación de sanciones contempladas en la normativa aplicable Ordenanza N° 41.815, modificada por la Ley N° 787 (-Chofer No Habilitado-), intimándola a que procediera a la entrega de la documentación que poseyera y del reloj taxímetro, ambos correspondientes al vehículo infraccionado, así como a efectuar los descargos que estimara corresponder;

Que la señora Amalia Lorenzo manifiesta en su descargo que el señor Néstor Roberto Miguel no se encontraba prestando el servicio de taxi, sino realizando un viaje particular, sostiene además, que el conductor se encuentra habilitado a conducir su vehículo al tener registro profesional y expresa que pagó la multa al solo efecto de poder retirar el automóvil...

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