Resolución N° 934/GCABA/MGGC/07
Firmantes | Gorgal-Peña |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 12 de Junio de 2007 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 934/ GCABA/ MGGC/ 07
SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE OBRAS EN CONTRAVENCIÓN EXISTENTES EN URIARTE 1602-04-10-12
Buenos Aires, 12/06/2007
Visto el Expediente N° 64.546/01 por el cual se solicita la regularización de obras ejecutadas sin permiso no reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención con destino Vivienda Multifamiliar y Local afectados al régimen de la Ley N° 13.512, sitos en la calle Uriarte 1602/04/10/12 esq. Honduras - Unidad Funcional N° 2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 18, Sección 19, Manzana 54, Parcela 24b;
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia, obrando conformidad del 100% de los condóminos a fs. 10 a 13;
Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 52 a 58 del Expediente N° 64.546/01, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprende una ampliación de superficie de 43,67 m² no reglamentarios (baño, paso, sector dormitorio y espacio tanque de reserva) con destino Vivienda Multifamiliar y Local afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano de OSN, certificado de empadronamiento inmobiliario y testimonio a fojas 9, 35 y 40, respectivamente;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 Trabajos que requieren permiso de obra, 4.6.4.2 Iluminación y ventilación de los locales de primera clase del Código de la Edificación, como así también los artículos 4.2.22 Relación entre altura y separación de paramentos y 5.4.1.4 Distrito R2b: a) R2bI - Disposiciones Particulares - d) FOT del Código de Planeamiento Urbano;
Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 4 de abril de 2007, (fs. 74), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 25/26), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc. f) del artículo 2.4.3.3 Aplicación de suspensión en el uso de la...
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