Resolución N° 8/GCABA/EURSP/07

FirmantesCampolongo-Balbi-García Buitrago-Rozenberg
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición29 de Enero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N° 8/ GCABA/ EURSP/ 07

APRUEBA EL MANUAL DE POLÍTICAS Y NORMAS DE SEGURIDAD INFORMÁTICA DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - REGLAMENTACIONES - PROCEDIMIENTOS

Buenos Aires, 29/01/2007

Visto el art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley Nacional N° 25.326 y su Decreto reglamentario N° 1.558/01, la Ley Nacional N° 11.723 sobre Propiedad Intelectual y normas complementarias, el Acta de Directorio N° 259 del 14 de septiembre de 2006, el Expediente N° 771-EURSPCABA/06, y

CONSIDERANDO:

Que, el art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, la Ley N° 210, reglamentaria de su creación, ratifica la facultad que tiene el Ente para administrarse a sí mismo conforme las pautas normativas expresadas en su texto;

Que, el art. 11, inc. i) de la mencionada ley faculta al Directorio a realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y objetivos;

Que, la información es un recurso, como el resto de los activos o bienes de una organización, y que tiene un valor vital para sus operaciones y gestión del organismo. Por consiguiente, debe ser debidamente protegida con medidas de seguridad frente a una amplia gama de amenazas a su confidencialidad, integridad, disponibilidad y demás requisitos esenciales que debe poseer la información;

Que, para proteger la información es necesario contar con una normativa sobre seguridad informática que establezca contra qué y cómo tiene que ser protegida la información del Ente y las medidas que debe respetar el personal, sin excepciones, con el fin de utilizar los recursos informáticos de la forma más segura y eficiente posible;

Que, en función de lo expuesto resulta necesario contar con un Manual de Políticas y Normas de Seguridad Informática propio del Ente a los fines de lograr niveles de protección adecuados a la información del Organismo y a los recursos informáticos utilizados para su procesamiento;

Que, la Gerencia de Administración remitió al Directorio para su consideración un proyecto de Manual...

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