Resolución N° 2/GCABA/SSHU/07

FirmantesSuárez
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorSubsecretaría de Higiene Urbana
Fecha de la disposición19 de Enero de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA

RESOLUCIÓN N° 2/ GCABA/ SSHU/ 07

APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA CONSTATACIÓN DE LA DISPOSICIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS FUERA DE HORARIO Y LOS MECANISMOS DE ADVERTENCIA QUE UTILIZARÁ EL CUERPO DE PROMOTORES AMBIENTALES - RESIDUOS SÓLIDOS - BASURA - FALTA - INFRACCIÓN - FAJA - INFORME CIRCUNSTANCIADO

Buenos Aires, 19/01/2007

Visto las Leyes Nros. 662, 1.687, 451, 1.854 y 1.925, los Decretos Nros. 328/06 y 350/06 y la Resolución N° 85-SSHU/06, y

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tiene la responsabilidad primaria de disponer las medidas necesarias para lograr el perfecto estado de la limpieza de la ciudad;

Que, de conformidad con los preceptos establecidos por la Carta Magna Local, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural que contemple su inserción en el área metropolitana;

Que, en este sentido, la problemática relativa a los residuos sólidos urbanos en la ciudad requiere de la implementación de nuevas acciones que conlleven a la consolidación de logros en materia de higiene urbana, como así también a la toma de conciencia por parte de la ciudadanía respecto de la responsabilidad primaria que les cabe en el manejo adecuado de los residuos;

Que, en este orden de ideas, la cuestión de los residuos sólidos urbanos no puede abordarse únicamente con la puesta en marcha de acciones que procuren una mejora en los niveles de eficiencia de los sistemas de recolección y de limpieza, sino que debe diseñarse una política integral y de largo plazo, que propicie la incorporación de hábitos por parte de la ciudadanía en su conjunto que conlleven a una mejora de la calidad de vida y el ambiente urbano;

Que, asimismo es dable destacar que la Ley N° 1.854 establece el conjunto de pautas, principios, obligaciones y responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, los seres vivos y los bienes;

Que, de conformidad con los preceptos establecidos por la citada ley el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe desarrollar instrumentos de...

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