Resolución N° 339/SSDEP/18

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición12 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 339/SSDEP/18
Buenos Aires, 4 de julio de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 1.624, N° 1.807
( Texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Reglamentarios N° 363/15,
1.416/07, y sus modificatorios, el EX-2018-16148014-MGEYA-SSDEP, y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve en su artículo
33 la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de
oportunidades;
Que la Ley Nº 1.624 (texto consolidado Ley Nº 5.666) y su reglamentación, tiene por
objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y profesional y la
actividad físico-recreativa a nivel comunitario;
Que el artículo 30 de la Ley N º 1.624 (texto consolidado Ley Nº 5.666), dispone la
creación del Registro Único de Instituciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el ámbito y bajo la supervisión de esta Subsecretaría de Deportes;
Que asimismo el Artículo 32 de la citada norma establece que la inscripción en el
aludido Registro es requisito necesario para acceder a los programas, subsidios y
cualquier otra medida impulsada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en beneficio de las instituciones deportivas y de la promoción de sus actividades
deportivas y físico recreativas;
Que por su parte, el artículo 33 de dicha ley dispone como requisito de inscripción la
presentación del estatuto vigente con sus modificaciones, acta de asamblea con la
designación de autoridades vigentes, balances contables actualizado, denominación
social, objeto y domicilio del Club/Asociación y una descripción de sus instalaciones y
de las actividades que se desarrollen en las mismas;
Que en el Anexo A de la Ley N° 1624 (texto consolidado Ley N° 5.666) se define a las
instituciones de primer grado como "la agrupación de personas que posean personería
jurídica como asociación civil sin fines de lucro";
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la solicitud de inscripción del
TIRO FEDERAL ARGENTINO (CUIT 33-52707355-9) al Registro Único de
Instituciones Deportivas;
Que la citada institución ha procedido a presentar la documentación correspondiente,
a los fines de resultar oportunamente inscripta en el Registro aludido;
Que la Gerencia Operativa de Clubes de Barrio y Federaciones, en el marco de sus
competencias, propicia la inscripción del TIRO FEDERAL ARGENTINO (CUIT 33-
52707355-9) bajo el Registro N° 283 del Registro Único de Instituciones Deportivas;
Que la Dirección General de Infraestructura Deportiva ha tomado intervención en las
presentes actuaciones;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas mediante la Ley N° 1.624 (texto
consolidado Ley Nº 5.666);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5412 - 12/07/2018

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