Resolución N° 339 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Septiembre de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2021
LEgISLACIÓN y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXI - Nº 201
CORDOBA, (R.A.) LUNES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SECRETARíA DE ARQUITECTURA
Resolución N° 339
Córdoba, 18 de agosto de 2021
EXPEDIENTE Nº 0047-000023/2021.-
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la Compulsa Abreviada N° 017/2021, efectuada el día 11.08.2021, para
Contratar la Ejecución de la Obra: “Ejecución de calles perimetrales, ram-
pas de acceso y obras complementarias en el nuevo CENTRO SANITARIO
TURISTICO MINA CLAVERO, ubicado en el Hospital Provincial Dr. Luis
María Bellodi - Localidad Mina Clavero - Departamento San Alberto”, con
un Presupuesto Ocial de $9.871.908,30.
Y CONSIDERANDO:
QUE las presentes actuaciones dan cuenta de los trabajos a realizar
en el predio del Hospital Dr. Luis María Bellodi de la Localidad de Mina Cla-
vero, consistentes en la ejecución de calles perimetrales, ensanchamiento
de veredas, rampas de acceso, instalación de datos y nexos para la ins-
talación de un grupo electrógeno en el predio del Nuevo Centro Sanitario
Turístico destinado a la atención primaria y de emergencia para pacientes
que presenten síntomas de afección en virtud de la pandemia COVID 19.
QUE a fs. 02/14 corre agregada la documentación técnica elaborada
por la Dirección General de Proyectos, para la contratación de la obra des-
cripta, consistente en: Memoria Descriptiva, Plano del Sector de Interven-
ción, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares, Presupuesto Ocial
por la suma de Pesos Nueve Millones Ochocientos Setenta y Un Mil Nove-
cientos Ocho con treinta centavos ($ 9.871.908,30), previéndose un plazo
de ejecución de obra en TREINTA (30) días.
QUE a fs. 15/29 consta incorporado el Pliego Particular de Condiciones
base de la presente compulsa abreviada, obrando a fs. 33 el Documento
Contable oportunamente elaborado a nivel de afectación preventiva del
gasto, conforme el monto del Presupuesto Ocial, en los términos del Art.
13º de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
QUE a fs. 31 se adjunta la Estructura de Costos y fórmula polinómica
confeccionada por el área de Costos a los nes prescriptos por el Art. 4 Inc.
b) del Anexo I al Decreto 800/16.
QUE a fs. 34/35 corren agregadas constancias de las invitaciones elec-
trónicas cursadas a tres (3) rmas del medio, habiéndose receptado las
propuestas que da cuenta el Acta de Apertura de Ofertas obrante a fs. 115,
correspondientes a las Empresas: CEDE S.R.L., ÍCARO S.A. y WAQUIM
NINI PABLO ANDRÉS.
QUE a fs. 119/120, obra informe elaborado por la Comisión de Estudio
de Ofertas, designada mediante providencia de fs. 118, en base a la Reso-
lución N° 067/21 (fs. 116/117).
QUE maniesta esa Comisión de Estudio de Ofertas, que la totalidad de
los oferentes acreditan haber acompañado la documentación relacionada con
los requisitos esenciales previstos en el Art. 10° del Pliego Particular de Con-
diciones, por lo que fueron correctamente admitidos al presente procedimiento
de selección, al igual que los restantes requerimientos estipulados en el citado
artículo, acreditando de tal suerte su capacidad jurídica para obligarse contrac-
tualmente con la Administración Pública Provincial.
QUE conforme a lo expuesto, se procedió a comparar las tres (3) pro-
puestas presentadas y válidamente admitidas con el Presupuesto Ocial
oportunamente elaborado:
OFERENTE: 1- CEDE SRL – OFERTA: $9.822.671,47 – VARIACION SO-
BRE EL PRESUPUESTO OFICIAL: -00,49 % - REQUISITOS LEGALES:
CUMPLE – REQUISITOS TÉCNICOS: CUMPLE
OFERENTE: 2- ÍCARO S.A. – OFERTA: $9.822.540,99 – VARIACION SO-
BRE EL PRESUPUESTO OFICIAL: +00,10 % - REQUISITOS LEGALES:
CUMPLE – REQUISITOS TÉCNICOS: CUMPLE
OFERENTE: 3- WAQUIM NINI PABLO ANDRES – OFERTA: $9.974.751,85
– VARIACION SOBRE EL PRESUPUESTO OFICIAL: +01,04 % - REQUI-
SITOS LEGALES: CUMPLE – REQUISITOS TÉCNICOS: CUMPLE
QUE del análisis efectuado, se constata que el precio cotizado por la Pro-
ponente N° 1 CEDE S.R.L., resulta ser el más conveniente en los términos
del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, representando un porcen-
taje del 00,49% por debajo del Presupuesto Ocial, por lo que la oferta se
considera razonable económicamente.
QUE del análisis técnico, maniesta la Comisión de Estudios de Ofer-
ta que las proponentes acreditan contar con capacidad técnica para los
trabajos de esta contratación, en los términos del art. 14 del Pliego y con-
forme surge de la Declaración de Obras para el Registro de Antecedentes
Técnicos del Registro Ocial de Proveedores y Contratistas del Estado.
Asimismo, da cuenta que se desprende de la Constancia de habilitación y
determinación de la capacidad expedida por el Registro de Constructores
de Obra Pública, los oferentes Proponente N° 1 CEDE S.R.L. y Proponente
N° 2 ÍCARO S.A., acreditan contar con capacidad Económica - Financiera
en comparación con el Presupuesto Ocial para la ejecución de la obra
objeto de la presente contratación.
QUE en cuanto al Proponente N° 3 WAQUIM NINI PABLO ANDRES,
se advierte que si bien cuenta con capacidad Económico-Financiera su-
ciente, en función del Presupuesto Ocial, según se desprende de la
constancia expedida por el Registro Ocial de Proveedores y Contratistas
del Estado (ROPYCE), no cumplimenta con al menos tres de los cuadro
indicadores exigidos por el Decreto N° 1419/17, motivo por el cual en caso
de que se resuelva adjudicar la obra objeto de la contratación a dicha em-
presa, apartándose del criterio de esta Comisión de Estudio de Ofertas,
deberá previo formalizar el acto adjudicación, aanzar dicha capacidad
económico-nanciera mediante la constitución de una Póliza de Seguro de
Caución, por un monto equivalente al 2% del valor del Presupuesto Ocial,
en los términos del Decreto N° 1419/17.
QUE de conformidad con los referidos análisis, efectuado a tenor de
lo dispuesto en el Art. 13 del Pliego Particular, como así también de la
documentación obrante en autos, es criterio de dicha Comisión que la
propuesta formulada al presente proceso de selección por la proponente
N° 1 CEDE S.R.L., resulta ser la más ventajosa, por lo tanto recomienda,
ADJUDICAR al citado proponente, la ejecución de la obra en cuestión, por
resultar su oferta la más ventajosa y con sustento en las disposiciones del
Art. 4° Quater de la Ley de Obras Públicas N° 8614.
QUE obra a fs. 121 el Documento Contable identicado como Nota de
Pedido Nº 2021/000337, afectándose la suma de pesos Nueve Millones
Ochocientos Veintidós Mil Seiscientos Setenta y Uno con cuarenta y siete
centavos ($ 9.822.671,47), con cargo al presente Ejercicio Presupuestario
Vigente Año 2021.
QUE a fs. 122 obra copia de la Ley N° 10.041 por la que se aprobó el
convenio de transferencia del Hospital Luis María Bellodi, de la órbita del

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