Resolución N° 1300/GCABA/MGGC/06

FirmantesGorgal-Peña
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 1300/ GCABA/ MGGC/ 06

INMUEBLE SITO EN GRAL. ENRIQUE SPIKA 1614-16-18 SE APRUEBA LA REGULARIZACIÓN DE LAS OBRAS EN CONTRAVENCIÓN EJECUTADAS SIN PERMISO

Buenos Aires, 18/12/2006

Visto el Expediente N° 84.054/05 por el cual se solicita la regularización de obras reglamentarias y no reglamentarias ejecutadas sin permiso, y

CONSIDERANDO:

Que dicha actuación se relaciona con las obras en contravención en una Vivienda Multifamiliar no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, sita en la calle Gral. Enrique Spika 1614/16/18, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 03, Sección 18, Manzana 04A, Parcela 01b;

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso en la finca de referencia;

Que como consecuencia del estudio y tratamiento otorgado a la documentación obrante a fojas 1 y 32 a 37 del Expediente N° 84.054/05, por parte de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, se desprenden modificaciones bajo parte cubierta, las cuales no conforman aumento de superficie, como así también una ampliación de superficie de 32,93 m2 reglamentarios (1° piso: dormitorios, baño y paso) y de 67,29 m² no reglamentarios (planta baja: dormitorio y lavadero; 1° piso: lavadero, cocina-comedor y alero; 2° piso: desván) en una Vivienda Multifamiliar no afectada al régimen de la Ley N° 13.512, obrando plano registrado anterior a fojas 10;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los artículos 2.1.1.1 Trabajos que requieren permiso de obra, 4.6.4.2 Iluminación y ventilación de los locales de primera clase y 4.6.4.3 Iluminación y ventilación de locales de segunda clase y escaleras principales del Código de la Edificación, como así también el art. 5.4.1.4 Distrito R2b, b) R2bII - Disposiciones Particulares: d) FOT máximo del Código de Planeamiento Urbano;

Que de acuerdo con lo informado por la citada Dirección General con fecha 19 de octubre de 2006 (fs. 46), las obras ejecutadas sin permiso no afectan de manera significativa las condiciones mínimas de habitabilidad, iluminación y ventilación que normalmente deben satisfacer los locales y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 14/15), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o...

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