Resolución N° 57/GCABA/SSJUS/06
Firmantes | Luchinsky |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Subsecretaría de Justicia |
Fecha de la disposición | 4 de Octubre de 2006 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
RESOLUCIÓN N° 57/ GCABA/ SSJUS/ 06
DESIGNACIÓN COMO ADSCRIPTO AL REGITRO NOTARIAL N° 1.229 - ESCRIBANO MAXIMILIANO EZEQUIEL ROMANELLI
Buenos Aires, 04/10/2006
Visto la Ley Orgánica Notarial N° 404 (B.O.C.B.A. N° 990), los Decretos Nros. 1.624/00 (B.O.C.B.A. N° 1034), 328/06 que promulgó la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416) y 502/06 (B.O.C.B.A. N° 2450), y el Expediente N° 42.837/06, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el visto, el escribano José María Romanelli, titular del Registro Notarial N° 1.229, solicita se designe como adscripto a dicho registro al escribano Maximiliano Ezequiel Romanelli;
Que se encuentra acreditado que el escribano titular tiene una antigüedad en tal carácter en esta ciudad no inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, y ha obtenido resultado favorable en la inspección extraordinaria de protocolo comprensiva de todos los aspectos del ejercicio de su función notarial, conforme lo exige el artículo 46, incisos a) y b) de la Ley N° 404;
Que, el escribano Maximiliano Ezequiel Romanelli ha obtenido un puntaje de cinco (5) puntos en la prueba escrita y de cinco (5) puntos en la evaluación oral, de la evaluación de idoneidad para acceder a la adscripción de Registros Notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46, inciso c) de la ley citada;
Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido dictamen considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso, y que no se han encontrado objeciones para formular;
Que, la Dirección General de Justicia y Registros ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;
Que, la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha ley;
Que, mediante los Decretos Nros. 328/06 y 350/06 se aprobó la Ley de Ministerios y se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso: Comprende al Ministerio...
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