Resolución N° 995/GCABA/MGGC/06

FirmantesGorgal
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 995/ GCABA/ MGGC/ 06

DESESTIMACIÓN DE RECURSO - COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL CONTRA EL DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD - RATIFICADO POR DICTAMEN N° 480-PG-01

Buenos Aires, 10/10/2006

Visto el Expediente N° 6.410/00, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes obrados el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal puso en conocimiento del Sr. Jefe de Gobierno la declaración sobre la Obligatoriedad de la matrícula profesional para el ejercicio en el ámbito de la Administración Pública;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó conocimiento de la referida declaración y, en atención al requerimiento formulado por la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, emitió dictamen con fecha 18 de julio de 2000;

Que con fecha 5 de enero de 2001, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, interpuso recurso jerárquico contra los términos del dictamen emitido por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que al respecto el Decreto N° 1.510/97 establece en su artículo 99 que Las medidas preparatorias de decisiones administrativas, inclusive informes y dictámenes, aunque sean de requerimiento obligatorio y efecto vinculante para la Administración, no son recurribles;

Que los dictámenes jurídicos son actos preparatorios de la voluntad administrativa y como tales no poseen efectos decisorios ni obligan por sí mismos al órgano con competencia para resolver;

Que como actos preparatorios que son, los efectos jurídicos que pueden producir son indirectos para los particulares pues sólo lo hacen a través del acto administrativo dictado en su consecuencia;

Que al no producir efectos jurídicos directos no constituyen un acto administrativo y consecuentemente, no son impugnables por recursos administrativos;

Que los dictámenes de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires son obligatorios y no vinculantes; tienen relevancia jurídica por insertarse en un procedimiento administrativo, no obstante lo cual, no son recurribles, por cuanto no constituyen actos administrativos;

Que sin perjuicio de lo expuesto y habida cuenta que la Administración notificó el dictamen de la referencia al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, con fecha 13 de diciembre de 2000, corresponde analizar la presentación efectuada;

Que en...

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